Ayuntamiento de Alovera
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Incoado de oficio expediente (07/12) para proceder a la baja en el padrón municipal de habitantes e intentada sin éxito la práctica de la notificación a los interesados durante el procedimiento de baja de oficio en el padrón de habitantes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), se les comunica que se ha dictado la Resolución de la Alcaldía 140/2013, con fecha uno de marzo.
“ASUNTO: FINALIZACIÓN EXPEDIENTE DE BAJA DE OFICIO POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA EN EL PADRÓN DE HABITANTES
Iniciado el expediente (07/12) de baja en el padrón de habitantes del municipio de las personas abajo relacionadas por inclusión indebida, mediante Resolución de la Alcaldía número 479/2012, de fecha veinte de agosto, publicada mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara número 106 de 3 de septiembre de 2012, no habiéndose manifestado ni conformidad ni disconformidad con dicha baja de:
NOMBRE Y APELLIDOS |
NIE |
FECHA ALTA |
ELZBIETA KRAWIEC |
X3734061-B |
03/01/2006 |
KATARZYNA KRAWIEC |
X3734488-R |
03/01/2006 |
OLGA BEATA KRAWIEC |
X3734490-A |
03/01/2006 |
Por lo que se remitió al Consejo de Empadronamiento la documentación del expediente con fecha ocho de noviembre de dos mil doce, al objeto de que emitiese el informe correspondiente.
Visto que el veintisiete de noviembre de dos mil doce se reúne la Sección Provincial del Consejo de Empadronamiento con el punto primero de bajas por inclusión indebida y, por unanimidad, se considera suficiente la documentación presentada para justificar las bajas por inclusión indebida de las personas que se relacionan. Y en consecuencia, se emite informe favorable.
Una vez actualizado el padrón de habitantes a diciembre de 2012, y comprobado que doña Olga Beata Krawiec ha causado baja por cambio de residencia.
Por todo ello, la Alcaldía de este Ayuntamiento, en uso de sus atribuciones legales, resuelve:
PRIMERO.- Dar de baja de oficio por inclusión indebida en el padrón de habitantes a las personas relacionadas, con fecha veintisiete de noviembre de dos mil doce.
SEGUNDO.- Realizar las operaciones necesarias para mantener actualizado el padrón de habitantes, de modo que los datos contenidos en este concuerden con la realidad.
TERCERO.- Notificar al interesado que inicio el trámite de la finalización del mismo.”
Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos, indicándole que, contra la presente resolución, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Guadalajara, pudiendo no obstante interponer con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante esta alcaldía en el plazo de un mes.
En Alovera a 4 de marzo de 2013.– La Alcaldesa, María Purificación Tortuero Pliego.