Ayuntamiento de Villanueva de la Torre
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ANUNCIO
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 31 de enero de 2013, ha adoptado, entre otros, el acuerdo, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
PRIMERO.- Aceptar la encomienda de Gestión de la Consejería de Empleo y Economía de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización de las actividades de renovación de la demanda, la gestión de usuarios de la Oficina Virtual y el apoyo en el acceso a los trámites telemáticos de la Consejería en materia de empleo a través de la Unidad Local de Empleo, creada en Villanueva de la Torre, en virtud de la Resolución de 14 de junio de 2004, en los términos que al efecto se establezcan en el Convenio a suscribir.
SEGUNDO.- Sin perjuicio de los términos que al efecto se determinen en el Convenio citado, el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre se compromete a:
a) Mantener la Unidad Local de Gestión de Empleo, en las dependencias del Ayuntamiento.
b) Ejercer las actividades de renovación de la demanda, la gestión de usuarios de la Oficina Virtual y el apoyo en el acceso a los trámites telemáticos, respecto a los usuarios inscritos en alguna Oficina de Empleo de Castilla-La Mancha y empadronados en el Término Municipal de Villanueva de la Torre.
c) Notificar a la Consejería competente en materia de empleo cualquier actuación que afecte al contenido de las estipulaciones establecidas en el Convenio a suscribir.
TERCERO.- Por su parte, la Consejería de Empleo de Castilla-La Mancha se compromete:
a) A formar al personal del Ayuntamiento destinado a la Unidad Local de Gestión de Empleo.
b) Dictar las instrucciones oportunas para el correcto funcionamiento de la Unidad Local de Gestión de Empleo.
c) Designar, al menos, una persona de referencia, dependiente de la Consejería, para mantener un contacto permanente con el Ayuntamiento, con objeto de solventar las dudas que pudieran surgir en el cumplimiento del ejercicio de las funciones objeto de este Convenio.
d) Velar por el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
CUARTO.- Facultar a la Sra. Alcaldesa-Presidenta para la suscripción del Convenio correspondiente, el cual tendrá una duración de un año, pudiendo ser prorrogado automáticamente, por periodos anuales, si no media denuncia expresa entre las partes.
QUINTO.- Ratificar el Convenio que al efecto se suscriba entre el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre y la Consejería de Empleo y Economía por el Pleno de la Corporación Municipal.
SEXTO.- Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia el presente acuerdo de conformidad con lo dispuesto en el art. 15.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.
SÉPTIMO.- Notificar el presente acuerdo a la Consejería de Empleo y Economía de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
No obstante, el Ayuntamiento Pleno acordará lo que estime más conveniente a los intereses municipales
Villanueva de la Torre, 14 de junio de 2013.– La Alcaldesa, Marta Valdenebro Rodríguez.