Ayuntamiento de El Pozo de Guadalajara
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Según Decreto de Alcaldía núm. 103/2013, se ha tomado el siguiente acuerdo que se transcribe literalmente:
“Confeccionado el padrón tributario de la Tasa agua potable, alcantarillado, depuración y recogida de basuras, correspondiente a 2.º Semestre del ejercicio 2012; esta Alcaldía, en atención a las atribuciones que le confiere el artículo 21.1. f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y demás preceptos concordantes de aplicación.
RESUELVE:
PRIMERO.- Aprobar el padrón tributario de la Tasa agua potable, alcantarillado, depuración y recogida de basuras, correspondiente a 2º Semestre del ejercicio 2012, por importe de 92.860,80 euros.
SEGUNDO.- Proceder a la exposición pública del referido padrón durante quince días hábiles, plazo durante el cual estará a disposición de los interesados en el Ayuntamiento para su examen y reclamación, en su caso.
TERCERO.- La exposición al público del padrón tributario producirá los efectos de notificación colectiva prevista en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, pudiendo interponerse por los interesados, en caso de disconformidad con el acto de aprobación del padrón y/o de las liquidaciones incorporadas al mismo, recurso de reposición ante el Alcalde-Presidente, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización de la exposición pública del padrón, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
CUARTO.- Remitir el padrón tributario aprobado al Servicio Provincial de Recaudación para que, en virtud de la delegación efectuada a favor de la Diputación Provincial de Guadalajara, proceda a su recaudación”.
En El Pozo de Guadalajara a 13 de junio de 2013.– La Alcaldesa, M.ª José Férnandez Barranco.