Ayuntamiento de Chiloeches
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EDICTO
Incoados varios expedientes para proceder a la baja en el Padrón Municipal de habitantes, e intentada sin éxito la práctica de la notificación a los interesados durante el procedimiento de baja de oficio en el Padrón de Habitantes, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se les comunica que se ha dictado la siguiente Resolución de la Alcaldía, con fecha 9 de septiembre de 2013:
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Visto que con fecha 18 de junio de 2013 se solicitó informe del Consejo de Empadronamiento en relación con los expedientes de baja en el padrón de habitantes del municipio de las siguientes personas, ya que las mismas no han manifestado ni conformidad ni disconformidad con dicha baja.
NOMBRE |
APELLIDOS |
MARIA |
CARAIANU |
STANKA |
KOTEVA ATANASOVA |
MIRCEA |
CHIRILA |
ISABELLE |
PERENNES |
JOSE |
PIEDADE DA RODRIGUES |
IONUT |
ALIN TOFAN |
ABDELAZIZ |
FEQQOUSSI |
JUAN ANTONIO |
VIVAR LOPEZ |
OLUWASEGUN |
SALOMON ADELEYE |
SAID |
ES SARHANI |
ANGELICA |
IONUT JALBA |
ALEXANDRU |
COMSA |
LADISLAS IFEANYI |
ANIONOH |
Visto que con fecha 29 de julio de 2013 se ha recibido por este Ayuntamiento el informe favorable del Consejo de Empadronamiento a la baja en el padrón de habitantes por la siguientes causa: incumplimiento de los requisitos para estar inscrito en el Padrón de Habitantes, enumerados en el art. 54 del Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial.
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, HE RESUELTO:
PRIMERO. Dar de baja de oficio a las personas relacionadas en el expositivo por inscripción indebida e incumplimiento de lo dispuesto por el art. 54 del Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial.
SEGUNDO. Realizar las operaciones necesarias para mantener actualizado el Padrón, de modo que los datos contenidos en este concuerden con la realidad.
TERCERO. Notificar a los interesados su baja en el padrón de habitantes de este Municipio.
Lo que se pública para su conocimiento y efectos, señalándose que contra la presente resolución que agota la vía administrativa podrá Vd. interponer alternativamente recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el art. 413 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Si optara por interponer recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquiera otro que estime pertinente.
En Chiloeches a 10 de septiembre de 2013.– El Alcalde, César Urrea Miedes.