Ayuntamiento de Azuqueca de Henares
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De acuerdo con lo previsto en el art. 46.2 del ROF, se hace pública la delegación de atribuciones de la Alcaldía, acordada por Decreto de 15 de noviembre de 2013, en los siguientes términos:
PRIMERO.- Delegar en el 2.º Teniente de Alcalde, D. José Luis Blanco Moreno, las facultades y atribuciones que, en materia de ordenación de pagos, corresponden a la Alcaldía de acuerdo con los artículos 186.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 62.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, con la consecuencia de que será el 2.º Teniente de Alcalde el que firme como clavero ordenador de pagos los documentos de transferencias de fondos y de materialización de los pagos que se ordenen, a salvo de que, en caso de ausencia, lo haga la Alcaldía como titular de la atribución delegada.
SEGUNDO.- La delegación efectuada surtirá efecto desde el día siguiente al de la fecha del Decreto, sin perjuicio de las preceptivas publicación en el BOP y dación de cuenta al Pleno.
Azuqueca de Henares a 18 de noviembre de 2013.– La 1.ª Tte. de Alcalde, PD, Sandra Yagüe Sabido.