Ayuntamiento de Loranca de Tajuña
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Mediante el presente, se hace público el dispositivo de la Resolución de Alcaldía 149/13, de 21 de noviembre, relativa a abstención, en las actuaciones municipales que se realicen frente a la impugnación de la Asamblea de la Urbanización de Montejaral, de fecha 22 de junio de 2013.
“HE RESUELTO
PRIMERO. Abstenerme, por incurrir en causa de abstención prevenida en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de la expediente, respecto de cualesquiera actuaciones municipales que se realicen en relación al escrito de impugnación de la Asamblea de la mencionada urbanización celebrada el día 22 de junio de 2013.
SEGUNDO. Delegar en el 1.er Teniente de Alcalde, D. Félix Salgado Ciudad, todas las atribuciones que correspondiesen a esta Alcaldía en relación al referido asunto.
TERCERO. Publicar la presente delegación de atribuciones en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la fecha de este decreto.
CUARTO. Notificar la presente resolución a los interesados y al 1.er Teniente de Alcalde, D. Félix Salgado Ciudad, y dar cuenta del mismo al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que se celebre.”
En Loranca de Tajuña a 21 de noviembre de 2013.– El Alcalde, Miguel García Maroto.