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Cendejas de la Torre
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Torremocha del Campo
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Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
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Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
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Viernes, 23 Mayo 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

1825

Convocatoria y aprobación de bases de selección para la contratación, como personal laboral temporal, de dos puestos para llevar el control de las taquillas (taquilleros/as) y llevar la limpieza de las instalaciones de la piscina municipal (aseos, vestuarios, zonas de entrada) y entorno de la piscina municipal de Sigüenza -Guadalajara- durante la temporada de apertura de verano de la piscina municipal 2014.
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Ayuntamiento de Sigüenza


1825

ÁREA DE PERSONAL. ALCALDÍA

Convocatoria y aprobación de bases de selección para la contratación, como personal laboral temporal, de dos puestos para llevar el control de las taquillas (taquilleros/as) y llevar la limpieza de las instalaciones de la piscina municipal (aseos, vestuarios, zonas de entrada) y entorno de la piscina municipal de Sigüenza -Guadalajara- durante la temporada de apertura de verano de la piscina municipal 2014.

(APROBADAS POR DECRETO DE ALCALDÍA 0394-2014, DE 5 DE MAYO)

Vista la necesidad de cubrir dos puestos de taquilleros/as para llevar el control de la taquilla, así como las tareas de limpieza y mantenimiento de las instalaciones (baños-aseos, vestuarios, zona de entrada), así como del entorno de la piscina municipal en la temporada de verano de apertura de la misma correspondiente al año 2014; contratación que se llevará a cabo mediante contrato laboral por obra y servi­cio determinado atendiendo, en cuanto su jornada de trabajo y horario, a los siguientes:

- A tiempo parcial, para los sábados, domingos y festivos.

- Solamente para el caso en el que se tuviera que atender el servi­cio por suplencia de vacaciones, baja, enfermedad o sustituciones por necesidades perentorias del servi­cio del personal responsable de las taquillas y de la limpieza de las instalaciones de la piscina, las funciones serán realizadas con la misma jornada de trabajo, en los mismos días y con el mismo horario de la persona sustituida y, en todo caso, en el horario y días que se determine por el responsable de la Concejalía de Protección Civil y Deportes, con la debida supervisión y coordinación de la Alcaldía, para la época de apertura de la misma en la temporada de verano correspondiente al año 2014.

Visto el informe de Secretaría en relación con el procedimiento y la legislación aplicable.

Examinadas las bases de selección de personal y la convocatoria referenciada y de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y demás legislación concordante, así como en el art. 11 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; Real Decreto 364/1995, que aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servi­cio de la Admón. del Estado, de aplicación supletoria a la Administración local, y de acuerdo con las competencias que me otorga el art. 21 apartado g) de la Ley de Bases Régimen Local de 2 de abril de 1985, por la presente

RESUELVO

1.- Aprobar las bases y convocatoria para la selección y contratación de dos puestos de taquilleros/as que se encarguen de la taquilla así como del mantenimiento y limpieza de la piscina municipal, en los días y en la jornada arriba determinada, durante la temporada de apertura de verano correspondiente al año 2014, en los términos que figuran en las presentes bases.

2.- Proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara e iniciar el proceso selectivo de conformidad con las siguientes Bases de selección:

Bases de selección:

PRIMERA. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de las presentes bases, la contratación de dos puestos de taquilleros/as responsables del control de las taquillas y que lleven a cabo la limpieza y mantenimiento de los baños-aseos, vestuarios, instalaciones y entorno de la piscina municipal, mediante proceso de oposición, en régimen laboral temporal, por obra o servi­cio determinado, a tiempo parcial y, exclusivamente, para los sábados, domingos y festivos, y para suplir las vacaciones, bajas, sustituciones y otras necesidades perentorias que pudieran darse en los taquilleros/as y personal de limpieza que presta los servi­cios en la piscina municipal de Sigüenza, en el horario y días que establezca el responsable de la Concejalía de Protección Civil y Deportes, con la debida supervisión y coordinación de la Alcaldía que comprendan la temporada de apertura de la piscina municipal para el año 2014, conforme a los siguientes términos:

- Puesto: Dos plazas responsables de las taquillas y mantenimiento y limpieza de las instalaciones de la piscina (zonas de entrada, vestuarios y servi­cios/aseos).

- Modalidad de contratación: laboral/ temporal/ por obra o servi­cio determinado.

- Categoría conforme a convenio: VI.

Características:

Las plazas referidas están adscritas a la Concejalía de Protección Civil y Deportes, sin perjuicio de la supervisión y debida coordinación de la Alcaldía como máximo responsable competente en materia de personal; y las principales funciones que tiene encomendadas son las siguientes:

Funciones:

- Responsables de taquillas: Control y recaudación de los ingresos de la venta de entradas y bonos.

- Mantenimiento y limpieza de las instalaciones de la piscina: las zonas de entrada, vestuarios y servi­cios/aseos, entorno de la piscina, así como su control.

- Control del acceso a las instalaciones, supervisando que las mismas se encuentren en perfecto estado y condiciones en todo momento.

- Cuantas otras funciones relacionadas con su puesto de trabajo, que le sean encomendadas, y de conformidad con las directrices que, en su caso, se dispongan por la Concejalía de Protección Civil y Deportes.

SEGUNDA. Modalidad del contrato.

La modalidad del contrato es la de contrato laboral temporal por obra o servi­cio determinado, a tiempo parcial, en los días arriba referenciados, para la temporada de verano 2014, de apertura de la piscina municipal de Sigüenza, regulada por el ar­tícu­lo 15.1.a) del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y del Real Decreto 2720/1998 por el que se desarrolla el ar­tícu­lo 15 del Estatuto de los Trabajadores, en materia de contratos de duración determinada.

El horario de trabajo será a tiempo parcial y será el determinado por la Concejalía de Protección Civil y Deportes. La jornada de trabajo comprende los sábados, domingos y festivos.

En el caso de tener que atender sustituciones por baja, enfermedad, vacaciones o necesidades perentorias del servi­cio del personal responsable de las taquillas y de la limpieza de las instalaciones de la Piscina, (funciones objeto de las presentes bases de selección para la contratación de los dos puestos de personal para atender las taquillas y limpieza), serán realizadas con la misma jornada de trabajo, en los mismos días y con el mismo horario de la persona sustituida y, en todo caso, el que se determine por el responsable de la Concejalía de Protección Civil y Deportes, con la debida supervisión y coordinación de la Alcaldía.

TERCERA. Condiciones de admisión de aspirantes.

Para poder participar en los procesos selectivos, será necesario reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, según lo dispuesto en el ar­tícu­lo 56 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. En cuanto al acceso de los nacionales de otros Estados, se deberán cumplir los requisitos establecidos en el ar­tícu­lo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público. Aportar fotocopia del DNI/NIE.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servi­cio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público. (Aportar Anexo II).

e) Estar en posesión del Certificado de Escolaridad/Certificado de Estudios Primarios, o titulación superior, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha que termine el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación (obligatoria la presentación de copia acreditativa, para su admisión).

CUARTA. Forma y plazo de presentación de instancias.

Las solicitudes, requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para las plazas que se opten, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Sigüenza y se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento, o bien, mediante el procedimiento que regula el ar­tícu­lo 38.4 de la Ley 30/1992, en el plazo de diez días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOP de Guadalajara.

Cualquier forma de presentación que no sea directa en el registro de entrada municipal, requerirá, para ser admitida, adelantar simultáneamente la remisión mediante fax dirigido al Excmo. Ayuntamiento de Sigüenza al número 949 39 08 42.

Las solicitudes de participación podrán cumplimentarse según el modelo del Anexo I que se adjunta a estas bases, igualmente, se podrá tomar parte en el proceso selectivo sin necesidad de presentar modelo (Anexo I), mediante una solicitud ordinaria, donde consten los requisitos del ar­tícu­lo 70 de la Ley 30/1992.

Las bases de las pruebas selectivas se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y en el tablón de edictos del Ayuntamiento; el resto de las publicaciones (listas provisional y definitiva de admitidos y excluidos y demás) se publicarán en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Sigüenza.

La solicitud (Anexo I) deberá ir acompañada por:

- Fotocopia del DNI-NIE o, en su caso, pasaporte.

- Anexo II.

- Fotocopia de la titulación requerida como requisito para la admisión.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado

QUINTA. Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, se señalará un plazo de cinco días naturales para subsanación. Transcurrido el plazo de subsanación por la Alcaldía, se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento.

En la misma publicación, se hará constar la fecha, hora y el lugar en que habrán de realizarse la prueba de la fase de oposición: consistentes en un ejercicio teórico y un ejercicio práctico.

SEXTA. Tribunal calificador.

El Tribunal calificador estará constituido por los siguientes miembros:

• Presidente: D.ª Gema Larriba Aldea.

• Secretario: D.ª María del Rosario Plaza Vázquez.

• 3 Vocales:

- D.ª Silvia Carpintero Laguna.

- D.ª Eugenia Victoria Pallán Sopeña

- D.ª M.ª de los Desamparados Donderis Guastavino.

La abstención y recusación de los miembros del tribunal será de conformidad con los ar­tícu­los 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los miembros del tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el tribunal, por mayoría.

De conformidad con el ar­tícu­lo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

SÉPTIMA. Sistemas de selección y desarrollo del proceso:

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:

El procedimiento de selección de los aspirantes constará de una única fase:

- Oposición.

Los aspirantes serán convocados por el Tribunal en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.

Los candidatos deberán acudir provistos del DNI-NIE o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.

A.- FASE DE OPOSICIÓN: Máximo 10 puntos.

La fase de oposición consistirá en la realización de una prueba de aptitud para determinar la capacidad de los aspirantes que consistirá:

En un ejercicio práctico: Con una puntuación máxima de 10 puntos. De carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en la realización de un ejercicio práctico a contestar en el tiempo máximo de media hora, relacionado con las funciones a desarrollar en el puesto de trabajo.

Para superar esta fase, será imprescindible obtener una puntuación mínima de 5 puntos.

En caso de empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido de los/las aspirantes empatados/as, que se iniciará por aquellas personas cuyo primer apellido comience con la letra que, por sorteo ante el Tribunal Calificador, se extraiga al azar. En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra que por sorteo haya de iniciarse, se comenzará por aquellas cuyo primer apellido comience por la letra siguiente, y así sucesivamente.

La calificación total será de 10 puntos.

OCTAVA. Relación de aprobados, presentación de documentos y contratación.

Una vez terminada la calificación de los aspirantes, los tribunales harán pública la relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de edictos del Ayuntamiento, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará al Presidente de la corporación.

Los aspirantes propuestos aportarán ante la administración (Secretaría de la corporación), dentro del plazo de diez días naturales desde que se publican en el tablón de edictos del Ayuntamiento los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

Los aspirantes no seleccionados, pasarán a formar parte, por el orden de puntuación de mayor a menor, a una bolsa de trabajo para los supuestos de vacante, baja temporal o renuncia del aspirante seleccionado.

NOVENA. Formación de bolsa de empleo.

Finalizado el proceso selectivo, y determinadas las personas aspirantes a contratar para los puestos, se procederá automáticamente a la creación de una bolsa de empleo con el resto de aspirantes no seleccionados que hayan superado la fase de oposición, con el fin de cubrir las necesidades de baja, vacante o necesidades perentorias del servi­cio en los términos legalmente establecidos. Para la formación de la bolsa, se atenderá para su inclusión y llamada al riguroso orden de puntuación obtenida

La no aceptación de un contrato determinado, de forma injustificada, podrá suponer la automática exclusión de la bolsa del trabajador/a que lo haya rechazado.

La no aceptación de un contrato determinado, de forma justificada, mediante contrato de trabajo o baja médica oficial, implicará pasar al final de la lista.

Los aspirantes que sean llamados, en virtud de la bolsa de empleo, deberán reunir los requisitos establecidos en la base tercera a la fecha de contratación.

CIMA. Incidencias.

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En lo no previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en las disposiciones contenidas en el R. D. 781/1986, de 18 de abril; la Ley 7/1985, de 2 de abril, modificada por la Ley 11/1999; de 21 de abril, por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, y por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local; por el RD 365/1995, el RD 364/1995, el RD 896/1991, la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (ar­tícu­lo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Publíquese esta convocatoria de pruebas selectivas y de sus correspondientes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, D. José Manuel Latre Rebled, en Sigüenza, a 5 de mayo de 2014; de lo que, como Secretario, doy fe.

En Sigüenza a 5 de mayo de 2014

El Alcalde, José Manuel Latre Rebled. Ante mí, el Secretario, Ramón Vázquez Rodríguez.

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