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1586
Aprobada por el Ayuntamiento de Marchamalo en sesión ordinaria celebrada el día 14 de abril de 2015, la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por prestación de servicios en la vivienda de mayores, se hace público, para dar cumplimiento a lo establecido en el art. 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al objeto de que los interesados puedan presentar reclamaciones contra el expediente por espacio de treinta días contados a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín oficial de la Provincia. En el caso de no presentarse reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.
1585
Aprobado inicialmente en sesión extraordinaria de la Comisión Gestora del este Ayuntamiento, de fecha 31 de marzo de 2015, el Presupuesto general, Bases de ejecución y la Plantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2015, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.
1584
Aprobado inicialmente en sesión ordinaria de Pleno del Ayuntamiento de Torremocha del Pinar, el Presupuesto general, Bases de ejecución y la Plantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2015, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva, por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.
1583
Aprobado por el Ayuntamiento de Torremocha del Pinar el Pliego de cláusulas administrativas particulares que han de regir la subasta del aprovechamiento de maderas del Monte de utilidad pública 206 denominado «Dehesa y Pinar», se expone al público durante el plazo de ocho días, contados a partir del siguiente a la inserción de este anuncio en el BOP, para que puedan presentarse reclamaciones. Simultáneamente, se anuncia la subasta, si bien, la licitación se aplazará en el supuesto de que se presenten reclamaciones contra los pliegos de condiciones.
1886
En cumplimiento de lo establecido en la base n.º 11, apartado 11, letra e, de las Bases de ejecución del Presupuesto para el ejercicio 2015 de la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara, se hace pública la concesión de las siguientes subvenciones mediante convenios de colaboración, aprobadas por la Junta de Gobierno en sesión ordinaria celebrada el pasado día 25 de febrero de 2015:
1885
En cumplimiento de lo establecido en la base n.º 11, apartado 11, letra e, de las Bases de ejecución del Presupuesto para el ejercicio 2015 de la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara, se hace pública la concesión de las siguientes subvenciones mediante convenios de colaboración, aprobadas por la Junta de Gobierno en sesión ordinaria celebrada el pasado día 4 de marzo de 2015:
1884
En cumplimiento de lo establecido en la base n.º 11, apartado 11, letra e, de las Bases de ejecución del Presupuesto para el ejercicio 2015 de la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara, se hace pública la concesión de las siguientes subvenciones mediante convenios de colaboración, aprobadas por la Junta de Gobierno en sesión ordinaria celebrada el pasado día 18 de marzo de 2015:
1883
Anuncio DE APROBACIÓN Provisional DEL EXPEDIENTE n.º 12/2015 AL PRESUPUESTO GENERAL
1613
CUENTA GENERAL DEL PRESUPUESTO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2014
1612
PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO 2015
1901
Con el fin de beneficiar a los vecinos del municipio que vivan realmente de los terrenos comunales, al ser su medio de vida y de sus actividades, así como a quienes contribuyen a su mejora, mantenimiento ambiental y conservación de la biodiversidad, el Pleno del Ayuntamiento de Abánades, en sesión ordinaria celebrada el día veintisiete de abril de dos mil quince, aprobó las siguientes condiciones generales para el aprovechamiento de los BIENES COMUNALES del municipio: PRIMERO: Tener más de 18 años, no superar los 70 años de edad y no estar jubilado. SEGUNDO: Estar inscritos en el Padrón Municipal de Habitantes como vecino y residente con una antigüedad mínima de cinco años. TERCERO: Hallarse al corriente de las obligaciones fiscales con la hacienda pública. CUARTO: Ser agricultor o ganadero, estar dado de alta, al menos con una antigüedad de cinco años, en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos y contar con medios materiales propios suficientes para el desempeño de las labores agrarias o ganaderas. QUINTO: Los lotes o suertes se otorgarán por un periodo de cinco años, renovables expresamente por iguales periodos.
1887
Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
1895
De conformidad con el acuerdo de la Junta de Gobierno en sesión ordinaria celebrada en fecha 27 de abril de 2015, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria de procedimiento abierto, oferta económica más ventajosa varios criterios, para la adjudicación del contrato Gestión del Servicio de Campamento urbano 2015 conforme a los siguientes datos.
1629
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PUNTO ACOPIO TEMPORAL MUNICIPAL DEL TÉRMINO DE ADOBES
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