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505
BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE UN PEÓN DE SERVICIOS MÚLTIPLES Y PARA LA FORMACIÓN DE BOLSA DE TRABAJO CON EL OBJETO DE ATENDER POSTERIORES CONTRATACIONES TRIMESTRALES CUANDO LAS NECESIDADES DEL Servicio ASÍ LO REQUIERAN
517
El Pleno del Ayuntamiento de Lupiana, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de enero de 2014, acordó la aprobación inicial de la Ordenanza municipal reguladora del cementerio de Lupiana, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. En el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
516
El Pleno del Ayuntamiento de Lupiana, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de enero de 2014, acordó la aprobación provisional de la imposición y la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por prestación de servicios y aprovechamiento especial del dominio público en el cementerio municipal de Lupiana.
503
SUPLEMENTO DE CRÉDITOS
504
TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS ENTRE APLICACIONES DE GASTOS DE DISTINTO GRUPO DE FUNCIÓN NO HAY ALEGACIONES
507
Aprobado inicialmente por este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de febrero de 2014, el Presupuesto general y la Plantilla de personal para el ejercicio de 2014, se anuncia que estará de manifiesto al público en la Secretaría de esta Corporación por espacio de quince días, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante cuyo plazo podrán presentarse contra el mismo, en dicha dependencia, las reclamaciones que se estimen convenientes.
502
Que, no habiendo sido posible la notificación y habiendo finalizado el periodo voluntario de pago sin que se haya producido el ingreso de la deuda tributaria a la que se refiere la presente notificación y más abajo reseñada, en cumplimiento de cuanto disponen los artículos 69.2 y 70 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, le notifico la providencia de apremio dictada por el Sr. Tesorero de este Ayuntamiento con fecha de 3 de diciembre de 2013, y del siguiente tenor literal:
506
Aprobadas las matrículas de contribuyentes y los períodos de cobranza en voluntaria de los impuestos y tasas que se dirán, se exponen al público las listas cobratorias por plazo de 15 días en las oficinas municipales antes de iniciarse cada uno de los períodos de cobro en voluntaria, a los efectos de notificación colectiva prevista en el art. 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
508
No habiendo podido realizar las correspondientes notificaciones en el último domicilio conocido, relativas a expedientes sancionadores que se encuentran en trámite; de acuerdo con lo establecido en los arts. 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a efectuarlas mediante la publicación de anuncios.
407
CONCEPTO: NOTIFICACIÓN DILIGENCIA EMBARGO
408
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Recaudación, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado y concepto se especifican a continuación:
406
NOTIFICACIÓN EMBARGO DEVOLUCIONES HACIENDA
405
NOTIFICACIÓN EMBARGO BIENES INMUEBLES
404
NOTIFICACIÓN EMBARGO VEHÍCULOS

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