AYUNTAMIENTO DE PIOZ
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Habiendo detectado error en la publicación del Boletín Oficial de la Provincia nº 154 del día 13 de agosto de 2026, del documento de Bases que han de regir la contratación con carácter laboral temporal de personas desempleadas en el marco del programa de apoyo activo de empleo (línea 1) en Pioz, mediante decreto con fecha 04 de septiembre de 2026, se procede a la corrección de dicha publicación:
“Donde dice
“La modalidad del contrato será la de contrato temporal por obra o servicio determinando, en la modalidad de trabajos de interés social, con una duración de seis meses improrrogables, consistente en la ejecución de los proyectos, del Plan Extraordinario de Empleo promovido por la Junta de Castilla-La Mancha, la Diputación Provincial de Guadalajara y el Ayuntamiento de Pioz -Guadalajara- para el ejercicio 2026, con carácter general la jornada quedará establecida de lunes a viernes laborables.”
Debe decir:
“La modalidad de contratación será el contrato vinculado a programas de activación para el empleo, previsto en la disposición adicional novena de la Ley 3/2023, de 28 de febrero. No obstante, para el personal técnico que realice funciones de coordinación o dirección de los proyectos, la modalidad contractual será el contrato de duración determinada vinculado a programas financiados con fondos europeos, previsto en la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo””.
En Pioz, a 04 de septiembre de 2026. Fdo. La Alcaldesa-Presidenta, Mª Carmen Blázquez Abellán





