AYUNTAMIENTO DE CAMPILLO DE RANAS
1799
Expediente n.º: 53/2023 y 126/2023
Procedimiento: Convocatoria y Proceso de Selección por CONCURSO de la plaza de LABORAL Limpiador/a en ejecución de los procesos de estabilización de empleo temporal conforme la Ley 20/2021
Por Resolución del Sr. Alcalde de Campillo de Ranas, de fecha 20 de mayo de 2024, se ha dictado lo siguiente:
“A la vista de los siguientes antecedentes:
I.- Mediante Resolución del Sr. Alcalde de Campillo de Ranas de fecha 29 de marzo de 2023 se aprobaron las bases y convocatoria del proceso selectivo para la provisión de una plaza de Limpiador/a correspondiente a la Oferta de Empleo Público de Estabilización de Empleo Temporal, al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, siendo publicada en el Boletín de la Provincia de Guadalajara nº66 de fecha 04 de abril de 2023, e igualmente en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Con fecha 29 de mayo de 2023 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el anuncio de la referida convocatoria, iniciándose a partir del día siguiente el plazo para la presentación de solicitudes para tomar parte en dicho proceso selectivo.
II.- Con fecha 24 de julio de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara nº139- y en el tablón de anuncios-sede electrónica del Ayuntamiento- el listado provisional de admitidos y excluidos en el referido proceso selectivo, así como la designación de los miembros del Tribunal Calificador.
Con fecha 14 de agosto de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara nº154- y en el tablón de anuncios-sede electrónica del Ayuntamiento- el listado definitivo de admitidos y excluidos en el referido proceso selectivo.
III.- Con fecha 13 de octubre de 2023 se publicó en el anuncio en el tablón de anuncios-sede electrónica baremación provisional del proceso selectivo donde se hacía constar que dicho resultado pasaría a ser definitivo en el caso de que no se presentasen reclamaciones en el plazo de cinco días hábiles.
IV.- Habiendo expirado el plazo indicado en el apartado anterior sin que consten reclamaciones ni alegación alguna.
V.- A los efectos de finalizar la Convocatoria del proceso de selección para la cobertura de una plaza de Limpiador/a, en el marco del proceso de estabilización de Empleo Temporal, se requirió mediante Resolución de Alcaldía nº51, de 13 de mayo de 2024, al aspirante que ha superado el proceso selectivo propuesto por el Tribunal Calificador para que acreditase documentalmente las condiciones de capacidad y requisitos exigidos, lo cual fue atendido mediante registro de entrada nº2024-E-RC-131.
De conformidad con el artículo 21.1.h) de la Ley /1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el artículo 47 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y el artículo 33.1 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, de aplicación supletoria e virtud de su artículo 1.3.
RESUELVO
PRIMERO. Acordar la contratación como personal laboral fijo a jornada parcial de doña Pilar Tomás Fernández con DNI ***2970** como aspirante que ha superado el proceso selectivo para la cobertura de una plaza de Limpiador/a, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de estabilización al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
SEGUNDO. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y en la sede electrónica del Ayuntamiento.
TERCERO. Disponer la cantidad a la que ascienda la retribución.
CUARTO. Que, por Secretaría, se notifique el presente acuerdo a los aspirantes que han superado el proceso selectivo, haciéndole saber que contra la presente Resolución, cabe interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Guadalajara o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
QUINTO. Convocar al aspirante que ha superado el proceso selectivo para formalizar el contrato de trabajo como personal laboral fijo, informándoseles de la necesidad del tratamiento de sus datos personales.
SEXTO. Comunicar la presente al Registro de Personal, así como a la oficina pública de empleo que corresponda en el plazo de diez días desde que se formalice la contratación.
SÉPTIMO. Dar cuenta al pleno en la siguiente sesión ordinaria que se celebre.”
En Campillo de Ranas (Guadalajara) a 20 de mayo de 2024, el Alcalde, Francisco Maroto García.