Juzgado de lo Social número diecisiete de Madrid
5433
NIG: 28079 4 0034762/2010
01005
N.º autos: Demanda 878/2010
Materia: Ordinario
Demandante/s: Stefan Orzan
Demandado/s: Gramalex SL
Edicto
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./D.ª Paloma Muñiz Carrión, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número 17 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento demanda 878/2010 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de D./D.ª Stefan Orzan contra la empresa Gramalex SL, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente:
AUTO de fecha 08/11/2012, cuya parte dispositiva se acompaña.
“Tener por no formalizado el recurso de suplicación anunciado por Stefan Orzan contra la Resolución dictada en los presentes autos.
Notífiquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNARLA: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación ante el/la Secretario/a Judicial que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma y cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Social).
Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:
a) Mediante consignación en la cuenta de consignaciones de este Juzgado con el n.º 2515 en la entidad bancaria Banesto, c/ Princesa n.º 3.
b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los 20 dígitos obligatorios: 0030 1033 40 0000000000, indicando el n.º c/c 2515 número de procedimiento y persona o empresa que hace el ingreso.”
Y para que le sirva de Notificación en legal forma a Gramalex SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, decreto que ponga fin al procedimiento o resuelva incidente, o se trate de emplazamiento.
En Madrid a ocho de noviembre de dos mil doce.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.