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Viernes, 14 Diciembre 2012 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

5675

N.º Autos: Ejecución de Títulos Judiciales 0000202/2012 Demandante/s: Jesús Rodríguez de Pablo

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Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara

 

5675

NIG: 19130 44 4 2011 0101816

N28150

N.º Autos: Ejecución de Títulos Judiciales 0000202/2012

Demandante/s: Jesús Rodríguez de Pablo

Abogado/a: José Manuel Pérez Orozco

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s: Estructuras Hurdorense, S.L.

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Otros: FOGASA

Edicto

D. Antonio de la Fuente Figuero, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 202/2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. Jesús Rodríguez de Pablo contra la empresa Estructuras Hurdorense, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya copia se adjunta:

DECRETO DE FECHA 25 DE OCTUBRE DE 2012

Y para que sirva de notificación en legal forma a Estructuras Hurdorense, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara a veinticinco de octubre de dos mil doce.– El Secretario Judicial, rubricado.

NIG: 19130 44 4 2011 0101816

9601A0

N.º autos: DSP. 683/2011 del Juzgado de lo Social n.º 1

N.º ejecución: Ejecución de Títulos Judiciales 0000202/2012

Ejecutante/s: Jesús Rodríguez de Pablo

Abogado: José Manuel Pérez Orozco

Representante Técnico Procesal:

Ejecutada/s: Estructuras Hurdorense, S.L.

Abogado:

Representante Técnico Procesal:

Otros: FOGASA

DECRETO

Secretario Judicial D. Antonio de la Fuente Figuero.

En Guadalajara a veinticinco de octubre de dos mil doce.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Jesús Rodríguez de Pablo ha instado la ejecución de la Sentencia de fecha 15 de diciembre de 2011 frente a Estructuras Hurdorense, S.L.

SEGUNDO.- En fecha 21 de septiembre de 2012 se ha dictado Auto despachando ejecución de Sentencia de fecha 15 de diciembre de 2011, por importe de 21.580,16 euros de principal más la cantidad de 2.158,01 euros presupuestados prudencialmente para intereses y costas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Habiéndose dictado orden general de ejecución mediante auto de fecha 21 de septiembre de 2012, el Secretario Judicial responsable de la ejecución ha adoptado como medida ejecutiva el embargo de la Finca de Camarma de Esteruelas n.º 7421, inscrita en el Registro de la Propiedad de Meco al Tomo 3870, libro 95 folio 31.

NATURALEZA DE LA FINCA: Urbana, vivienda dúplex.

LOCALIZACIÓN: Calle de la Mancha, 5-planta 1-puerta A. División Horizontal: Nro. Orden: 3 Cuota: treinta y tres enteros, ochenta y dos centésimas por ciento.

REFERENCIA CATASTRAL: 8191808VK6889S0003JQ.

SUPERFICIE:

CONSTRUIDA: Ochenta y ocho metros, sesenta y dos decímetros cuadrados.

URBANA: Número tres. Vivienda-dúplex, primero letra A, en la planta primera y bajo cubierta, situada a la derecha del descansillo de escalera de la planta primera y bajo-cubierta, con entrada por la planta primera del edificio, sito en la calle de La Mancha, cinco, en término municipal de Camarma de Esteruelas. Consta de dos plantas comunicadas entre sí mediante una escalera interior. La planta primera ocupa una superficie, construida, aproximada de cuarenta y cuatro metros con ochenta y dos decímetros cuadrados y consta de diversas dependencias y servicios.

LINDEROS: a) en la planta primera: al frente, con descansillo de escalera, con caja de escalera, con proyección en vertical a patio interior de luces y con vivienda-dúplex letra B de su misma planta; derecha entrando, con proyección en vertical a la calle de su situación; izquierda, con finca de María Fernández; y fondo, con finca de Eduardo Romero; y b) en planta bajo-cubierta: al frente -conforme se sube por la escalera interior que la comunica con la planta primera-, con proyección en vertical a patio interior de luces y con vivienda-dúplex letra B de su misma planta; derecha entrando, con finca de María Fernández; izquierda, con proyección en vertical a la calle de su situación; y fondo, con finca de Eduardo Romero. CUOTA: treinta y tres enteros, ochenta y dos centésimas por ciento.

TITULAR: Estructuras Hurdorense, S.L., con NIF B-84272855.

Debiendo librarse mandamiento al Registrador de la Propiedad de Meco, para que haga la anotación preventiva de embargo de conformidad a lo ordenado en el art. 629 de la LEC.

SEGUNDO.- El art. 253 de la LPL dispone:

“1.- Si los bienes embargados fueren inmuebles u otros inscribibles en Registros Públicos, el Secretario judicial ordenará de oficio que se libre y remita directamente al Registrador mandamiento para que practique el asiento que corresponda relativo al embargo trabado, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes.

2.- El Registrador deberá comunicar a la Oficina judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado.”

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

- El embargo de bienes propiedad de ejecutado Estructuras Hurdorense, S.L., finca de Camarma de Esteruelas n.º 7421, inscrita en el Registro de la Propiedad de Meco al Tomo 3870, Libro 95, Folio 31, situada en Camarma de Esteruelas, en calle de la Mancha, 5-planta 1-puerta A. División Horizontal: Nro. Orden: 3. Cuota: treinta y tres enteros, ochenta y dos centésimas por ciento, hasta cubrir el importe de la suma reclamada por principal: 21.580,16 euros; más intereses y costas: 2.158,01 euros presupuestados prudencialmente.

- Librar mandamiento, por duplicado, para que se haga anotación preventiva del embargo trabado en estos autos, en el Registro de la Propiedad de Meco, remitiéndose dicho mandamiento por fax, en el día de hoy, al Registro indicado, donde se extenderá el correspondiente asiento de presentación, quedando en suspenso la práctica de la anotación hasta que se presente el documento original en la forma prevista en la legislación hipotecaria.

- Asimismo, a los efectos previstos en los artículos 656 y siguientes de la LEC, expídase certificación acreditativa de los siguientes extremos:

1.º.- La titularidad del dominio y demás derechos reales de los bienes gravados.

2.º.- Los derechos de cualquier naturaleza que existan sobre los bienes embargados, en especial, relación completa de las cargas inscritas que lo graven o, en su caso, que se halla libre de cargas.

Los posibles aumentos o reducciones en dichas cantidades se irán comunicando según se vayan produciendo.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

El Secretario Judicial.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Provincia (varios municipios)
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