Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara
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NIG: 19130 44 4 2011 0101995
N28150
N.º autos: Ejecución de Títulos Judiciales 0000181/2012 jam
Demandante/s: César Alcaide Rincón
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado/s: Matilde Sayago Gil
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Edicto
D./D.ª Antonio de la Fuente Figuero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 0000181/2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D./D.ª César Alcaide Rincón contra Matilde Sayago Gil, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
- DILIGENCIA DE ORDENACIÓN DE CUATRO DE JULIO DE DOS MIL DOCE
Y para que sirva de notificación en legal forma a Matilde Sayago Gil, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, saIvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a diez de enero de dos mil trece.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.
NIG: 19130 44 4 2011 0101995
N59100
N.º de autos: CUA. 183/2011 del Juzgado de lo Social n.º 1
N.º ejecución: Ejecución de Títulos Judiciales 181/2012
Ejecutante/s: César Alcaide Rincón
Abogado:
Representante Técnico Procesal:
Ejecutada/s: Matilde Sayago Gil
Abogado:
Representante Técnico Procesal:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Secretario Judicial Sr. D. Antonio de la Fuente Figuero.
En Guadalajara a cuatro de julio de dos mil doce.
Con fecha 25 de abril de 2012, César Alcaide Rincón ha solicitado la suspensión de la presente ejecución, por lo que acuerdo:
- Dar traslado a las partes interesadas a fin de que manifiesten lo que proceda.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos, y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción, que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
El Secretario Judicial.