Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara
898
NIG: 19130 44 4 2012 0100433
N28150
N.º autos: Procedimiento ordinario 1100/2011-2
Demandante/s: Jorge Retuerta Pascual
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado/s: Servi Speed S.L., FOGASA
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
EDICTO
D./D.ª Antonio de la Fuente Figuero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento Procedimiento ordinario 0001100/2011-2 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D./D.ª Jorge Retuerta Pascual contra la empresa Servi Speed S.L sobre derecho y cantidad, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
SE ADJUNTA COPIA
Y para que sirva de notificación en legal forma a Servi Speed S.L., en ignorado paradero, expido a presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a trece de febrero de dos mil trece.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.
Providencia del Ilmo./a Sr./Sra. Magistrado/a Juez, D./D.ª Jesús González Velasco.
En Guadalajara a trece de febrero de dos mil trece.
Por necesidades del Servicio se acuerda la suspensión señalada el próximo día 4 de abril de 2013 y citar nuevamente a las partes para la vista oral señalada el próximo día veintiséis de abril de 2013 a las 12:45 para el acto de conciliación y a las 13:00 horas para el acto de juicio. Estándose en todo lo demás en el decreto de incoación.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Así lo acuerda y firma SS.ª. Doy fe.
El/La Magistrado/a Juez. El/La Secretario/a Judicial.