Ministerio de Empleo y Seguridad Social
1071
Edicto
Se publica el presente edicto para que sirva de notificación a efectos legales, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la imposibilidad, por ausencia o ignorado paradero, de comunicarle la resolución del acta, levantadas a los sujetos responsables que a continuación se relacionan.
El importe de las sanciones puede hacerse efectivo por los medios legalmente establecidos. Al mismo tiempo, se advierte el derecho que les asiste para interponer Recurso de Alzada ante el órgano competente, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de esta notificación, a tenor de lo dispuesto en el artículo 114 y siguientes concordantes de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, con la advertencia que transcurrido dicho plazo, se continuará el procedimiento reglamentario, que concluye con su exacción por la vía de apremio.
De infracción por obstrucción en materia de seguridad social
ACTA/S |
F. RESOLUCIÓN |
SUJETO/S INTERESADO/S |
SANCIÓN |
ORG. COMPETENTE |
I192012000036378 |
17/01/2013 |
AYINTAP, S.L. - CAMARMA DE ESTERUELAS |
6.251 € |
Director/a General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social |
Fecha a 15 de febrero de 2013.– El Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Armando Sánchez Sánchez.