Juzgado de lo Social número dos de Guadalajara
1214
NIG: 19130 44 4 2011 0200392
N28150
N.º autos: Ejecución de Títulos Judiciales 234/2011 T-P
Demandante/s: Pedro Sánchez Barchin, Catalin Teodorescu
Demandado/s: Alcagu, S.L.
Edicto
D.ª María Pilar Buelga Álvarez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 234/2011 T-P de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. Pedro Sánchez Barchin y D. Catalin Teodorescu contra la empresa Alcagu, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
“DECRETO
Secretario/a Judicial D./D.ª María Pilar Buelga Álvarez.
En Guadalajara a trece de diciembre de dos mil doce.
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
Tener por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en parte del crédito del trabajador Pedro Sánchez Barchin por importe de 12.527,16 euros, quedando un crédito del trabajador frente a la empresa ejecutada de 4.104,38 euros.
Una vez firme esta resolución, archívese.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida”.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Alcagu, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a cuatro de marzo de dos mil trece.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.