Ayuntamiento de Cobeta
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Edicto
Aprobados definitivamente por esta Corporación Municipal el Presupuesto general y Plantilla de personal para el ejercicio de 2013, se hace público, de conformidad con lo establecido en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos.
I) RESUMEN DEL PRESUPUESTO A NIVEL DE CAPÍTULOS |
||
Capítulo |
CONCEPTO |
CONSIGNACIÓN EUROS |
PRESUPUESTO DE GASTOS |
||
1 |
Gastos de personal |
54.000 |
2 |
Gastos corrientes de bienes y servicios |
47.000 |
3 |
Gastos financieros |
100 |
4 |
Transferencias corrientes |
3.100 |
6 |
Inversiones reales |
- |
7 |
Transferencias de capital |
- |
8 |
Activos financieros |
- |
9 |
Pasivos financieros |
- |
TOTAL |
104.200 |
|
Capítulo |
CONCEPTO |
CONSIGNACIÓN EUROS |
PRESUPUESTO DE INGRESOS |
||
1 |
Impuestos directos |
12.200 |
2 |
Impuestos indirectos |
7.000 |
3 |
Tasas, precios públicos y otros ingresos |
10.000 |
4 |
Transferencias corrientes |
39.000 |
5 |
Ingresos patrimoniales |
36.000 |
6 |
Enajenación de inversiones reales |
- |
7 |
Transferencias de capital |
- |
8 |
Activos financieros |
- |
9 |
Pasivos financieros |
- |
TOTAL |
104.200 |
II) PLANTILLA Y RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE ESTA ENTIDAD APROBADas JUNTO CON EL PRESUPUESTO
DENOMINACIÓN |
N.º DE PLAZAS |
1. PERSONAL FUNCIONARIO |
|
1.1 Secretario-Interventor |
1 |
2. PERSONAL LABORAL |
|
2.1 Peón de servicios múltiples |
1 |
2.2 Auxiliar de ayuda a domicilio |
1 |
TOTAL |
3 |
Podrán interponer recurso contencioso-administrativo contra el referido presupuesto en un plazo de dos meses, a contar desde el siguiente día de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la provincia, las personas y entidades a que hacen referencia los artículos 63.1 de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local y 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y por los motivos únicamente enumerados en el número 2 del citado artículo 170.
Cobeta a 12 de marzo de 2013.– La Alcaldesa.