Mancomunidad Río Gallo
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Edicto
Aprobado definitivamente por esta Mancomunidad el Presupuesto general y Plantilla de personal para el ejercicio de 2013, se hace público, de conformidad con lo establecido en los artículos 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos.
I) RESUMEN DEL PRESUPUESTO A NIVEL DE CAPÍTULOS |
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CAPÍTULO |
CONCEPTO |
CONSIGNACIÓN EUROS |
PRESUPUESTO DE GASTOS |
||
1 |
Gastos de personal |
9.500 |
2 |
Gastos corrientes de bienes y servicios |
109.000 |
3 |
Gastos financieros |
100 |
4 |
Transferencias corrientes |
- |
6 |
Inversiones reales |
- |
7 |
Transferencias de capital |
- |
8 |
Activos financieros |
- |
9 |
Pasivos financieros |
- |
TOTAL |
118.600 |
|
CAPÍTULO |
CONCEPTO |
CONSIGNACIÓN EUROS |
PRESUPUESTO DE INGRESOS |
||
1 |
Impuestos directos |
- |
2 |
Impuestos indirectos |
- |
3 |
Tasas, precios públicos y otros ingresos |
110.100 |
4 |
Transferencias corrientes |
5.500 |
5 |
Ingresos patrimoniales |
3.000 |
6 |
Enajenación de inversiones reales |
- |
7 |
Transferencias de capital |
- |
8 |
Activos financieros |
- |
9 |
Pasivos financieros |
- |
TOTAL |
118.600 |
II) PLANTILLA Y RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE ESTA ENTIDAD, APROBADO JUNTO CON EL PRESUPUESTO
DENOMINACIÓN |
N.º DE PLAZAS |
1. PERSONAL FUNCIONARIO |
|
1.1 Secretario-Interventor |
1 |
TOTAL |
1 |
Podrán interponer recurso contencioso-administrativo contra el referido presupuesto en un plazo de dos meses, a contar desde el siguiente día de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la provincia, las personas y entidades a que hacen referencia los artículos 63.1 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y por los motivos únicamente enumerados en el número 2 del citado artículo 170.
Corduente a 12 de marzo de 2013.– El Presidente.