Ayuntamiento de Berninches
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario fecha 18 de julio de 2016, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 2/2016 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería que se hace público resumido por capítulos:
Altas en aplicaciones de gastos |
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Aplicación presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
Progr. |
Económica |
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161 |
619 |
Renovación de redes |
3.692,99 |
161 |
619 |
Renovación de redes, saneamiento y distribución y pavimentación |
8.578,90 |
450 |
619 |
Caminos. Otras inversiones de reposición en infraestructura y bienes destinados al uso general |
993,00 |
TOTAL GASTOS |
13.264,89 |
1.º FINANCIACIÓN.
Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería en los siguientes términos:
Aplicación presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
870 |
Remanente de Tesorería para gastos generales |
13.264,89 |
|
TOTAL GASTOS |
13.264,89 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de S de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Berninches a 25 de agosto de 2016.– El Alcalde, Jacinto Bravo Martínez.