Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
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ABASTECIMIENTO ALMOGUERA-ALGODOR
INFORMACIÓN PÚBLICA
TARIFAS DE UTILIZACIÓN DEL AGUA PARA EL AÑO 2016
De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (BOE 30-4-86), se formulan las presentes Tarifas de Utilización del Agua, de aplicación a los aprovechamientos de aguas que utilicen las obras hidráulicas del Abastecimiento Almoguera-Algodor durante el año 2016
- Tarifa de utilización del agua para abastecimiento |
0,020659 €/m3 |
Estarán obligados al pago de estas Tarifas todos los titulares de derechos al uso del agua que utilicen las obras hidráulicas del Abastecimiento Almoguera-Algodor, cualquiera que sea el tipo de aprovechamiento.
Independientemente de esta Tarifa, los usuarios estarán obligados al pago del Canon de regulación de Cabecera de Tajo, en las condiciones que en su cálculo se fijan.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, Guadalajara y Toledo, las reclamaciones que estimen oportunas, en las Oficinas de la Confederación Hidrográfica del Tajo, sita en la avenida de Portugal, 81 - 28071 Madrid, en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado. También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que señala el art. 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 2 de agosto de 2016.