Suscripción a Nuestra Newsletter

Encuentra Cualquier Contenido

Búsquedas Simples

Búsquedas Múltiples (Se puede marcar más de una opción en la casilla de la derecha).

Tipo de anuncio
Municipios

Buscar

Anuncio
Concurso
Corrección de errores
Cédula de Notificación
Edicto
Empleo
General
Multa
Ablanque
Abánades
Adobes
Alaminos
Alarilla
Albacete
Albalate de Zorita
Albares
Albendiego
Alcocer
Alcolea de las Peñas
Alcolea del Pinar
Alcoroches
Aldeanueva de Atienza
Aldeanueva de Guadalajara
Algar de Mesa
Algora
Alhóndiga
Alique
Almadrones
Almoguera
Almonacid de Zorita
Alocén
Alovera
Alustante
Anguita
Angón
Anquela del Ducado
Anquela del Pedregal
Aranzueque
Arbancón
Arbeteta
Argecilla
Armallones
Armuña de Tajuña
Arroyo de las Fraguas
Atanzón
Atienza
Auñón
Azuqueca de Henares
Baides
Barriopedro
Baños de Tajo
Bañuelos
Berninches
Bodera (La)
Brihuega
Budia
Bujalaro
Burgos
Bustares
Cabanillas del Campo
Campillo de Dueñas
Campillo de Ranas
Campisábalos
Canredondo
Cantalojas
Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
Heras de Ayuso
Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
Yebra
Yunquera de Henares
Yunta (La)
Yélamos de Abajo
Yélamos de Arriba
Zaorejas
Zaragoza
Zarzuela de Jadraque
Zorita de los Canes

Podrá filtrar la búsqueda por el tipo de anuncio que aparece en la lista desplegable.

Otra forma de filtrar la búsqueda es seleccionando el municipio.

Seleccione desde qué fecha quiere comenzar la búsqueda. Por defecto será desde el día uno del mes anterior a la fecha actual. La fecha puede modificarse en el calendario para personalizar la búsqueda.

Fecha actual la cual podrá ser modificada en el calendario que aparece al clikar.

Búsqueda por el día exacto de publicación del anuncio si lo conoce.

Jueves, 17 Septiembre 2026 08:09

APROBACIÓN DEFINITIVO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DEL REGLAMENTO CAMPAMENTO URBANO

2430

Descargar pdf Anuncio

AYUNTAMIENTO DE TRILLO


2430

Por acuerdo del pleno de fecha 13 de julio de 2026 en sesión ordinaria por la que se aprobó inicialmente el reglamento regulador del Campamento Urbano en el municipio de Trillo.

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio del Reglamento del campamento urbano del municipio de Trillo, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.

PROYECTO DE REGLAMENTO DEL SERVICIO PÚBLICO DE CAMPAMENTO URBANO DE TRILLO

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Ayuntamiento de Trillo viene organizando, de forma periódica, distintas modalidades de actividades de tiempo libre y conciliación familiar bajo la denominación de campamentos, entre las que se incluyen el campamento urbano de verano, de Navidad, de Semana Santa y otras actividades análogas que pudieran convocarse en el futuro.

La ausencia de una regulación específica sobre los criterios de adjudicación de plazas en estas actividades ha generado situaciones de incertidumbre e inseguridad jurídica en los procesos de inscripción. Con el fin de garantizar la igualdad, transparencia y objetividad en el acceso al servicio, el Pleno del Ayuntamiento de Trillo aprueba el presente Reglamento, que establece un marco normativo común para todos los campamentos municipales, con independencia de la modalidad o la época del año en que se celebren.

Artículo 1. — OBJETO

Es objeto del presente Reglamento regular la prestación del servicio público de campamentos urbanos del Municipio de Trillo, fijando los criterios de acceso, el procedimiento de admisión, los derechos y obligaciones de los usuarios, así como las causas de baja, en aras de garantizar la igualdad, la objetividad y la transparencia en el proceso de adjudicación de plazas.

Artículo 2. — ÁMBITO DE APLICACIÓN

Las disposiciones del presente Reglamento se aplicarán a todas las modalidades de campamentos organizados o cofinanciados por el Ayuntamiento de Trillo, con independencia de su denominación, temporada o entidad gestora, incluyendo, con carácter enunciativo y no limitativo:

Campamento urbano de Verano.

Campamento urbano de Semana Santa.

Campamento urbano de Navidad.

Campamentos deportivos.

Actividades del Plan Corresponsables u otros programas de conciliación laboral y familiar, en la medida en que su normativa específica no prevea un procedimiento de admisión propio.

Cualquier otra actividad de tiempo libre o de atención a menores promovida por el Ayuntamiento con plazas limitadas.

Artículo 3. — USUARIOS

Podrán ser usuarios del servicio los menores cuya edad se encuentre comprendida dentro de los límites fijados en la convocatoria correspondiente para cada modalidad de campamento. Dichos límites serán determinados por la Concejalía competente, en atención a las características organizativas y pedagógicas de cada actividad, y se harán constar expresamente en las bases de la convocatoria.

Artículo 4. — SOLICITUDES

Podrán presentar la solicitud de admisión las familias o responsables legales de los menores que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.º, puedan ser usuarios del servicio.

Las solicitudes irán acompañadas de la documentación que en cada convocatoria se determine, que podrá incluir, según los criterios que sean de aplicación, copia del libro de familia, certificado de empadronamiento, documentación acreditativa del puesto de trabajo en el municipio u otros documentos justificativos de los criterios de preferencia alegados.

La solicitud de inscripción implica la aceptación de las normas del servicio y de las disposiciones del presente Reglamento, así como del pliego de condiciones o bases de la convocatoria que resulte aplicable.

El plazo de presentación de solicitudes se fijará en la convocatoria de cada actividad, publicándose en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en los medios habituales de difusión municipal.

El Ayuntamiento podrá reservar un número determinado de plazas para atender necesidades sobrevenidas o situaciones de urgencia social, previa resolución motivada de la Alcaldía o Concejalía competente.

Artículo 5. — CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DE PLAZAS

En el caso de que el número de solicitudes supere el de plazas disponibles, se establecerá el siguiente orden de prioridad en la adjudicación:

Niños/as escolarizados/as en el centro educativo del municipio de Trillo.

Núcleo familiar completo empadronado en el municipio de Trillo.

Empadronamiento en el municipio de Trillo de uno de los progenitores o tutores legales y del menor que solicita la plaza.

Empadronamiento en el municipio de Trillo de uno solo de los progenitores o tutores legales.

Acreditación de que alguno de los progenitores o tutores legales tiene su puesto de trabajo en el municipio de Trillo.

Resto de casos.

La prioridad dentro de cada uno de los grupos anteriores se determinará por orden de presentación de la solicitud, conforme a la fecha y hora de registro de entrada en el Ayuntamiento.

Artículo 6. — RESOLUCIÓN DE ADMISIÓN Y LISTA DE ESPERA

Concluido el plazo de presentación de solicitudes, será resuelta mediante Decreto de la Alcaldía o del Concejal/a en quien delegue, en el plazo máximo de veinte días hábiles.

La resolución se notificará a los interesados de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes que no obtengan plaza quedarán en lista de espera, respetando el orden de prioridad establecido en el artículo 5.º, y serán llamadas automáticamente en caso de producirse vacantes.

Artículo 7. — DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS

Son derechos de los usuarios:

  1. Recibir el servicio en las condiciones establecidas en la convocatoria y en el pliego de prescripciones técnicas aplicable.
  2. Ser tratados con respeto y sin discriminación alguna.
  3. Obtener información sobre el funcionamiento del servicio.
  4. Formular quejas, sugerencias y reclamaciones ante el Ayuntamiento.

Son obligaciones de los usuarios:

  1. Abonar las tasas o precios públicos que correspondan, en la forma y plazos establecidos en la ordenanza fiscal aplicable.
  2. Comunicar al Ayuntamiento cualquier modificación en los datos aportados con la solicitud que pueda afectar a los criterios de adjudicación.
  3. Respetar las normas de convivencia, las instalaciones y al personal del servicio.
  4. Asistir con regularidad a las actividades en las que se haya inscrito el menor, comunicando previamente las ausencias previstas.

Artículo 8. — CAUSAS DE BAJA

Serán causas de baja en el servicio:

  1. La finalización del período de actividad para el que se realizó la inscripción.
  2. La petición expresa de los padres, madres o tutores legales, con efectos desde el momento de su comunicación al Ayuntamiento.
  3. El impago de la tasa o precio público correspondiente, que producirá baja temporal hasta que se proceda al abono de la deuda, previo informe del Servicio de Recaudación.
  4. La falsedad o inexactitud en los datos aportados para la obtención de plaza, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran derivarse.
  5. El incumplimiento reiterado y grave de las normas de convivencia del servicio, previa audiencia a los representantes legales del menor y resolución motivada de la Alcaldía.
  6. Las faltas de asistencia reiteradas sin justificar debidamente por escrito.

Artículo 9. — MÉTODO DE PAGO

El abono de las tasas o precios públicos correspondientes se realizará en la forma y plazos que se determinen en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa o precio público aplicable a cada modalidad de campamento, o en la convocatoria específica de la actividad de que se trate.

El justificante de pago deberá ser presentado, cuando así se indique, al personal responsable del servicio o al Ayuntamiento en la forma que se establezca.

Artículo 10. — PROTECCIÓN DE DATOS

Los datos personales facilitados en la solicitud de admisión serán tratados por el Ayuntamiento de Trillo con la finalidad de gestionar la prestación del servicio de campamentos, en cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Los interesados podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad dirigiéndose al Ayuntamiento de Trillo, Plaza Mayor, 1, 19450 Trillo (Guadalajara), o mediante correo electrónico a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

DISPOSICION FINAL

El presente Reglamento entrará en vigor una vez transcurridos quince días hábiles desde su íntegra publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa, conforme a lo establecido en los artículos 65 y siguientes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Trillo, a 15 de septiembre de 2026; El Alcalde: Jorge Peña García.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Trillo
Visto 19 veces

© Diputación Provincial de Guadalajara

Plaza de Moreno, 10 - 19001 Guadalajara - Tel.: 949 88 75 00