AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
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Aprobado definitivamente, una vez que ha permanecido expuesto al público por un plazo de quince días hábiles, (BOP GU, núm. 136 de 20 de julio de 2026) el expediente de Suplemento de Crédito y Crédito Extraordinario 1/2026, sin que contra el mismo se hayan presentado reclamaciones, se hace público a los efectos recogidos por los artículos 169 y 177 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas locales.
Queda elevado a definitivo el acuerdo, dejándose a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento:
https://azuqueca.sedelectronica.es/transparency/3d863d36-a7a7-4fb9-9c4a-3b7242bca0da/
Contra la aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, por las personas y entidades a que hace referencia el artículo 171 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
En Azuqueca de Henares, a 13 de agosto de 2026. Firmado: el Alcalde, D. Miguel Óscar Aparicio de Lucas.





