DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE DEPORTES
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BDNS (Identif.): 920308
Con fecha 6 de agosto de 2026, el presidente de la Diputación de Guadalajara ha dictado resolución con el número 2026-8760, inscrita en el Libro de Decretos y Resoluciones de la Presidencia, en fecha 6 de agosto de 2026, que literalmente dice:
«Primero.- La Junta de Gobierno, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de julio de 2026, acuerda en el particular número 15, la aprobación de la convocatoria de subvenciones a los Deportistas destacados de la provincia de Guadalajara en el año 2026.
Segundo.- Con fecha 24 de julio se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia el extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno.
Tercero. - Se ha advertido la existencia de los siguientes errores materiales de transcripción de la Convocatoria que obra en el expediente a su incorporación a la propuesta de acuerdo, concretamente en las bases:
- Novena. Solicitud y Documentación que debe acompañarse (5º párrafo)
- Quinta. Gastos subvencionables (último párrafo)
- Decimosexta. Justificación de la subvención: plazo y forma (punto 6 penúltimo párrafo)
A la vista de los antecedentes referidos, y de conformidad con la propuesta motivada del Diputado Delegado de Deportes
ACUERDO
Primero. – Rectificar los errores materiales advertidos en la Propuesta de Acuerdo y en el acuerdo de la Junta de Gobierno de 14 de julio de 2026, en el sentido siguiente:
Donde dice:
“Novena. Solicitud y Documentación que debe acompañarse (…)
- Certificado de la Federación de CLM o de la Federación Española correspondiente de los mejores resultados deportivos desde el 1 de julio de 2025 al 1 de junio de 2026.”
Debe decir:
“Novena. Solicitud y Documentación que debe acompañarse (…)
- Certificado de la Federación de CLM o de la Federación Española correspondiente de los mejores resultados deportivos desde el 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026.”
Donde dice:
“Quinta. Gastos subvencionables (…)
Sólo tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos expresamente recogidos en la relación detallada en el punto 1.”
Debe decir:
“Quinta. Gastos subvencionables (…)
Sólo tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos expresamente recogidos en la relación detallada en el punto 2.”
Donde dice:
“Decimosexta. Justificación de la subvención: plazo y forma (…)
Justificación mediante fotografía del requisito de publicidad institucional (Base decimotercera).”
Debe decir:
“Decimosexta. Justificación de la subvención: plazo y forma (…)
Justificación mediante fotografía del requisito de publicidad institucional (Base decimocuarta).”
Estas correcciones, no afectan a ninguna otra base de la convocatoria, conservándose el resto de las actuaciones y documentos administrativos del expediente.
Segundo. - Publicar las correcciones de la convocatoria de subvenciones a deportistas destacados para el año 2026, comenzando a contar el plazo de presentación de 15 días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de corrección de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.»
En Guadalajara, a 10 de agosto de 2026. El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara. D. José Luis Vega Pérez





