AYUNTAMIENTO DE MORATILLA DE LOS MELEROS
1714
Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos pertenecientes a diferentes grupos de programas, que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Bajas en Aplicaciones de Gastos
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Aplicación |
Descripción |
Créditos |
Transferencias de crédito |
Créditos |
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Progr. |
Econ. |
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150 |
619 |
Administración General de Vivienda. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general |
72.999,71 |
24.000 |
48.999,71 |
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TOTAL |
72.999,71 |
24.000 |
48.999,71 |
Altas en Aplicaciones de Gastos
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Aplicación |
Descripción |
Créditos |
Transferencias de crédito |
Créditos |
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Progr. |
Econ |
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160 |
619 |
Alcantarillado. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general |
0,00 |
12.000 |
12.000 |
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161 |
619 |
Abastecimiento domiciliario de agua. Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios |
0,00 |
12.000 |
12.000 |
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TOTAL |
0,00 |
24.000 |
24.000 |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Moratilla de los Meleros, a 29 de Junio de 2026. Fdo.: Aránzazu Iñigo Vega, Alcaldesa Presidenta





