Suscripción a Nuestra Newsletter

Encuentra Cualquier Contenido

Búsquedas Simples

Búsquedas Múltiples (Se puede marcar más de una opción en la casilla de la derecha).

Tipo de anuncio
Municipios

Buscar

Anuncio
Concurso
Corrección de errores
Cédula de Notificación
Edicto
Empleo
General
Multa
Ablanque
Abánades
Adobes
Alaminos
Alarilla
Albacete
Albalate de Zorita
Albares
Albendiego
Alcocer
Alcolea de las Peñas
Alcolea del Pinar
Alcoroches
Aldeanueva de Atienza
Aldeanueva de Guadalajara
Algar de Mesa
Algora
Alhóndiga
Alique
Almadrones
Almoguera
Almonacid de Zorita
Alocén
Alovera
Alustante
Anguita
Angón
Anquela del Ducado
Anquela del Pedregal
Aranzueque
Arbancón
Arbeteta
Argecilla
Armallones
Armuña de Tajuña
Arroyo de las Fraguas
Atanzón
Atienza
Auñón
Azuqueca de Henares
Baides
Barriopedro
Baños de Tajo
Bañuelos
Berninches
Bodera (La)
Brihuega
Budia
Bujalaro
Burgos
Bustares
Cabanillas del Campo
Campillo de Dueñas
Campillo de Ranas
Campisábalos
Canredondo
Cantalojas
Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
Heras de Ayuso
Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
Yebra
Yunquera de Henares
Yunta (La)
Yélamos de Abajo
Yélamos de Arriba
Zaorejas
Zaragoza
Zarzuela de Jadraque
Zorita de los Canes

Podrá filtrar la búsqueda por el tipo de anuncio que aparece en la lista desplegable.

Otra forma de filtrar la búsqueda es seleccionando el municipio.

Seleccione desde qué fecha quiere comenzar la búsqueda. Por defecto será desde el día uno del mes anterior a la fecha actual. La fecha puede modificarse en el calendario para personalizar la búsqueda.

Fecha actual la cual podrá ser modificada en el calendario que aparece al clikar.

Búsqueda por el día exacto de publicación del anuncio si lo conoce.

Miércoles, 10 Junio 2026 08:06

BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE 3 PERSONAS TRABAJADORAS POR EL AYUNTAMIENTO DE TORIJA, AL AMPARO DE LA ORDEN 46/2026 DE 7 DE ABRIL, PAAE 2026

1512

Descargar pdf Anuncio

AYUNTAMIENTO DE TORIJA


1512

De acuerdo a la Resolución 2026-0381 de fecha 2 de junio de 2026 se publican las siguientes bases:

BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE 3 PERSONAS TRABAJADORAS POR EL AYUNTAMIENTO DE TORIJA, AL AMPARO DE LA ORDEN 46/2026 DE 7 DE ABRIL, POR LA QUE SE REGULA LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA PUESTA EN MARCHA DEL PROGRMA DE APOYO ACTIVO AL EMPLEO Y SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA PARA 2026.

PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

El objeto de la presente convocatoria es la selección de 3 personas trabajadoras desempleadas, inscritas en la Oficina de Empleo y su posterior contratación para los siguientes perfiles:

Perfil Profesional

Número de puestos

Duración contrato

Jornada

Peón

3

180 días

Completa

El Ayuntamiento de Torija pretende a través de esta acción dar una oportunidad de empleo, mediante la inserción en el mercado laboral y acceso a rentas a la personas desempleadas pertenecientes a colectivos vulnerables al amparo de los establecido en la Orden 46/2026 de 7 de abril, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones a entidades locales para la puesta en marcha del Programa de Apoyo Activo al Empleo y se efectúa para 2026, cofinanciado por el Fondo Social Europeo Plus.

SEGUNDA: MODALIDAD DEL CONTRATO

La modalidad de contratación será el contrato vinculado a programas de activación para el empleo, previsto en la disposición adicional novena de la ley 3/2023, de 28 de febrero.

El salario será el salario mínimo interprofesional (SMI) vigente en el momento de la contratación, se prorratearán las pagas extraordinarias.

Las vacaciones serán disfrutadas, en ningún caso se compensarán económicamente

TERCERA: PERSONAS PARTICIPANTES Y REQUISITOS.

Las personas participantes deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 16 de la Orden 46/2026, de 7 de abril de 2026, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

Las contrataciones subvencionables deberán formalizarse con personas incluidas en alguno de los siguientes colectivos:

  1. Personas demandantes de empleo y servicios inscritas en una Oficina Emplea de Castilla-La Mancha, en situación laboral de no ocupadas a la fecha de registro de la oferta y que hayan permanecido inscritas, como ocupadas o no ocupadas, al menos 360 días, dentro de los 540 días anteriores a dicha fecha y que pertenezcan a alguno de estos grupos:
    1. Personas entre 30 y 66 años, ambos incluidos, que no sean perceptoras de prestaciones contributivas por desempleo.
    2. Personas menores de 30 años o mayores de 66 años, en las mismas condiciones que en el ordinal anterior, cuando tuvieran responsabilidades familiares, cuando exista informe favorable de los Servicios Sociales Básicos para su inclusión en el programa o cuando hayan sido priorizadas por las Oficinas Emplea de Castilla-La Mancha.
    3. Personas entre 30 y 66 años, ambos incluidos, que hayan cotizado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, al menos doce meses dentro de los diez años anteriores a contar desde la publicación de la orden y que estén inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las Oficinas Emplea de Castilla-La Mancha, que hayan agotado su prestación por cese de actividad o una prestación por desempleo a nivel contributivo, en el momento de la fecha del registro de la oferta en las Oficinas Emplea de Castilla-La Mancha.
    4. Personas que, conviviendo con una persona dependiente, pertenezcan a familias en las que ningún miembro esté empleado; y aquellas personas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas, que hayan estado fuera del mercado de trabajo por haber sido cuidadoras de personas dependientes.
  2. Personas demandantes de empleo y servicios en situación laboral de no ocupadas, registradas en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha a la fecha del registro de la oferta, que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  3. Personas jóvenes con baja cualificación. Se consideran como tales a las personas con edades entre los dieciocho años y que no hayan alcanzado los treinta o a las personas inscritas como beneficiarias en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil siempre que, en ambos casos, no cuenten con ninguna de las titulaciones previstas en el artículo 11.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, para la conclusión de un contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al correspondiente nivel de estudios.
  4. Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género, con las que deberán formalizarse al menos el 15% de los contratos a celebrar con los colectivos incluidos en este apartado 1, salvo que no exista un número suficiente de este colectivo, para alcanzar dicho porcentaje.
  5. Colectivos relacionados en el artículo 1 de la Ley 5/2022, de 6 de mayo, de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI en Castilla-La Mancha. A efectos de esta orden, se consideran como tales, a quienes acrediten por sentencia judicial firme que han sido despedidos o que han sufrido discriminación laboral por su condición sexual.
  6. Las personas trabajadoras que, en los cinco años anteriores a la publicación de la Orden 46/2026 de 7 de abril de 2026, hayan sido despedidos de acuerdo con los artículos 51 y 52 c) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como los trabajadores cuyo contrato de trabajo se extinga conforme a lo previsto en los artículos 169 a 185 del texto refundido de la ley Concursal, siempre que tengan una antigüedad mínima en la empresa o grupo de empresas de dos años. En el caso de trabajadores con contrato a tiempo parcial o fijos discontinuos la antigüedad se computará de fecha a fecha desde la fecha de ingreso en la empresa, hasta la fecha del despido.

Sin perjuicio de las priorizaciones establecidas en los apartados anteriores, podrán participar otras personas demandantes de empleo y servicios en situación laboral de no ocupadas el día anterior al inicio de la relación laboral, que se encuentren incluidas en alguno de los colectivos relacionados en el artículo 50.1 de la ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, siempre que no existieran personas pertenecientes a los colectivos indicados en los apartados anteriores:

  • Personas jóvenes.
  • Personas en desempleo de larga duración.
  • Personas con discapacidad.
  • Personas LGTBI, en particular trans.
  • Mujeres con baja cualificación.
  • Personas trabajadoras procedentes de sectores en reestructuración:
  • Personas con capacidad intelectual límite
  • Personas mayores de cuarenta y cinco años
  • Personas migrantes.
  • Personas beneficiarias de protección internacional y solicitantes de protección internacional.
  • Personas gitanas, o pertenecientes a otros grupos poblacionales étnicos o religiosos.
  • Personas afectadas por drogodependencias y otras adicciones.
  • Personas víctimas del terrorismo
  • Personas cuya guardia y tutela sea o haya sido asumida por las Administraciones públicas.
  • Personas descendientes en primer grado de las mujeres víctimas de violencia de género.
  • Personas adultas con menores de dieciséis años o mayores dependientes a cargo, especialmente si constituyen familias monomarentales y monoparentales.

En todo caso, todas las personas a contratar deberán ser demandantes de empleo y servicios en situación laboral de demandantes de empleo no ocupadas registradas en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha, el día anterior al del inicio de la relación laboral.

Como requisitos generales deben cumplir los siguientes:

  • Tener la nacionalidad española o ser nacional de uno de los estados miembros de la Unión Europea o extranjero residente en España siempre que reúnan los requisitos legales para su contratación.
  • No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desarrollo de las funciones del puesto de trabajo.
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  • Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

CUARTA: CAUSAS DE EXCLUSION.

Se consideran causas de exclusión:

  1. El incumplimiento de las obligaciones, el falseamiento de cualquier información suministrada previamente a la contratación, dará lugar a la expulsión del Programa de Apoyo Activo al Empleo y podrá suponer, en su caso, el inicio del correspondiente procedimiento sancionador, conforme a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
  2. No aportar, en el tiempo y la forma establecida para ello, la documentación solicitada.
  3. No se podrá contratar a más de una persona por unidad familiar, salvo que no hubiese otras personas demandantes de empleo en el ámbito territorial de ejecución de las actuaciones y existieran puestos a cubrir o se acreditara una situación de necesidad, ante la oficina de empleo correspondiente, mediante informe de los Servicios Sociales.
  4. Las personas que estén participando en una acción formativa o hayan sido contratadas en el Programa de Apoyo Activo al Empleo de una entidad al amparo de esta orden y renuncien voluntariamente, no podrán participar ni ser contratadas en el mismo programa de otra entidad o de esta entidad, salvo que en este último caso no existieran personas candidatas.
  5. Mentir u ocultar datos sobre la situación familiar y/o económica.
  6. Padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las correspondientes funciones.
  7. Informe no favorable de participación en cualquier Plan de Empleo de este Ayuntamiento.

Asimismo, las personas que estén participando en el Programa Talleres+, regulado mediante Orden 189/2024, de 7 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, no podrán ser contratadas ni seleccionadas para participar en Programa de Apoyo Activo al Empleo.

QUINTA: SOLICITUDES Y DOCUMENTACION

Los interesados deberán presentar las solicitudes de participación en el Registro General de Ayuntamiento de Torija por el plazo de 1 mes a contar desde la publicación de estas Bases en el BOP de la provincia de Guadalajara, según el modelo formalizado al respecto.

Para valorar las solicitudes las personas aspirantes deberán aportar la documentación genérica y específica relacionada en estas Bases que acredite que cumplen con los requisitos para poder participar en este programa, previstos en el artículo 16 de la Orden 46/2026, en función del colectivo al que pertenezca la persona participante y en las presentes bases para que puedan ser baremados.

En general, todas las personas participantes deberán presentar:

  • DNI / NIE
  • Demanda de empleo
  • Anexo I – Solicitud
  • Anexo II – Declaración responsable

De forma específica, las personas participantes deberán presentar, dependiendo del puesto de trabajo al que opten y su situación personal y familiar, la siguiente documentación:

  • Libro de familia completo y/o Certificado de Inscripción en Registro de Parejas de Hecho.
  • Acreditación de los estudios de los mayores de 16 años que no figuren inscritos como demandantes de empleo.
  • Acreditación de la discapacidad de la persona solicitante igual o superior al 33 %. (artículo 16.1.b).
  • Para solicitantes menores de 30 años y mayores de 66 años, Informe de los Servicios sociales o acreditación de la priorización de la Oficina Emplea o documentación acreditativa de tener responsabilidades familiares, en su caso. (artículo 16.1.a) 2º).
  • Certificado de empadronamiento colectivo, resolución de dependencia de la persona que convive con el participante y acreditación de la pertenencia a familia en la que ningún miembro está empleado, en su caso. (artículo 16.1.a) 4º).
  • Certificado en el que conste la fecha de inscripción en el Sistema Nacional de Garantía

Juvenil, en su caso. (art. 16.1.c).

  • Título judicial en vigor y en su defecto informe del Instituto de la Mujer acreditativo de la condición de víctima de violencia de género, en su caso. (artículo 16.1.d).
  • Informe clínico del centro de salud mental o similar acreditativo de la condición de persona con trastorno de espectro autista, en su caso. (artículo 16.1.e).
  • Informe de un servicio público encargado de la atención integral a las víctimas de trata o por entidades sociales especializadas debidamente reconocidas por las Administraciones Públicas competentes, en su caso. (artículo 16.1.e).
  • Sentencia que acredite que han sido despedidos o han sufrido discriminación laboral por su condición sexual, en el caso de colectivos relacionados en el artículo 1 de la Ley 5/2022, de 6 de mayo, de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI en Castilla-La Mancha,

en su caso. (artículo 16.1.f).

  • Carnet de conducir B
  • Informe de vida laboral
  • Certificado emitido por la Oficina Emplea de Castilla-La Mancha correspondiente en relación a los periodos como demandante de empleo.

SEXTA: CRITERIOS DE SELECCIÓN.

Baremo:

Para la selección de las personas a contratar se atenderá al nivel de protección por desempleo de las mismas, así como a otras circunstancias que deban ser valoradas por esta entidad, tales como la situación económica, social o de responsabilidades familiares, teniéndose en cuenta la selección de aquellas en cuyos núcleos familiares existan personas dependientes y todos los miembros de la unidad familiar estén desempleados.

  • Tiempo de permanencia en desempleo durante los últimos 5 años.

Por cada periodo adicional de 90 días en desempleo, por encima de los 360 días que exige la Orden se otorgarán 0,25 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.

  • Renta per cápita, según el siguiente cuadro

Renta per cápita

Puntos

0

2,5

Entre 1,00 y 200,00

2,0

Entre 201,00 y 400,00

1,5

Entre 401,00 y 600,00

1,0

Entre 601,00 y 810,00

0,5

Más de 810,00

0,0

  • Responsabilidades familiares. Cónyuge, hijos/as tutelados/as menores de 26 años o personas discapacitadas (con una discapacidad reconocida de, al menos, el 33%) y que carezcan de ingresos.

Grado de discapacidad

Puntos

Igual al 33%

0,5

Del 33% al 66%

1,0

Más del 66%

2,0

Por cada miembro a cargo de la unidad familiar se computará 0,3 puntos.

Por cada miembro a cargo de la unidad familiar con una discapacidad reconocida de, al menos, el 33%, se computará 1,00 punto.

Miembros que componen la unidad familiar. Se entiende como tal al cónyuge e hijos/as o tutelados/as menores de 26 años o personas discapacitadas (con una discapacidad reconocida de, al menos, el 33%) y que carezcan de ingresos superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.

Los hijos de más de 26 años, si conviven y tienen ingresos, deberán computar como persona adicional, imputando el 50% de su renta.

Cálculo de renta per cápita. La renta per cápita de la unidad familiar se calculará de la siguiente forma: la suma de los ingresos netos de todos los miembros de la unidad familiar, divididos entre 12 meses cuando la paga extraordinaria esté prorrateada o entre 14 meses, en caso contrario; el resultado de dicho cociente se dividirá, a su vez, entre el número de miembros de la unidad familiar (definida según el apartado anterior).

Los ingresos netos se obtendrán, en el caso de trabajadores por cuenta ajena, con el promedio de las tres últimas nóminas; de los autónomos con la última declaración del IRPF. En el caso de personas desempleadas, con la certificación emitida por el SEPE o con la declaración responsable emitida por el interesado.

Las pensiones de alimentos a favor de los hijos se considerarán un ingreso más de la unidad familiar.

Asimismo, para el cálculo de la renta per cápita se tendrá en cuenta la existencia de hipoteca de vivienda habitual o alquiler, que se justificará con la documentación acreditativa de cualquiera de las dos circunstancias (certificado entidad financiera o recibo de alquiler, en su caso) descontándose su importe de los ingresos.

  • Respecto al cobro de prestaciones, se baremará de la siguiente forma:

Cobro de Prestaciones

Puntos

Cobro de prestación por desempleo

0,0

Cobro de subsidio de desempleo

0,5

No cobra ni subsidio ni pensión por desempleo

1,0

  • Ser víctima de violencia de género. 2 puntos
  • Haber participados como en anteriores Programas de Apoyo Activo al Empleo contratados por el Ayuntamiento de Torija según cuadro

Planes de Empleo

Puntos

No haber participado

1,00

Haber participado en 1

0,8

Haber participado en 2

0,6

Haber participado en 3

0,4

Haber participado en 4

0,2

Haber participado en más de 4

0

  • Experiencia acreditada en un puesto de trabajo similar con el puesto a desarrollar

según el perfil solicitado a la oficina de empleo. 0,15 punto por cada año trabajado.

  • Número de miembros de la unidad familiar que se encuentren desempleados. 0,25 punto por cada miembro mayor de 18 años.
  • Carnet de conducir B. 1 puntos

Criterios de desempate:

Obtenida la baremación final, en igualdad de puntuación tendrán preferencia para participar:

  1. Las personas que no fueron contratadas en el marco de la convocatoria incluida en la Orden 220/2024, de 27 de diciembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones para la puesta en marcha del programa de Apoyo Activo al Empleo, y se efectúa la convocatoria para 2024.
  2. Respecto de los colectivos a los que se refiere el artículo 16.1, párrafos a), b), e) y f), de la Orden 46/2026, tendrán preferencia, en igualdad de puntuación, para participar en este Programa de empleo, las personas mayores de 50 años.

En el caso de que persista el empate, tendrán preferencia:

  1. Las personas con mayor permanencia como demandante de empleo no ocupado.
  2. Las personas que tengan menos ingresos en la unidad familiar.
  3. Las personas que tengan hijos a cargo mayores de 26 años y en situación de desempleo.
  4. Personas con discapacidad.
  5. Mujeres.

SEPTIMA: LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.

La solicitud, declaración responsable y documentación requerida se presentarán en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Torija, sito en la Plaza de la Villa, nº 1, de lunes a viernes, en horario de 10:00 a 13:00 horas.

También podrán presentarse solicitudes por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes a contar desde el día siguiente al de publicación de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

OCTABA.- PROCESO DE SELECCIÓN.

El proceso de selección se realizará conforme a lo establecido en la Orden 46/2026, de 7 de abril.

La selección de las personas a contratar se realizará por el Ayuntamiento de Torija, de entre las personas desempleadas enviadas por la Oficina Emplea de Castilla-La Mancha, sobre la base sexta de la presente convocatoria, la adecuación al perfil solicitado para el puesto de trabajo ofertado y el cumplimiento de los requisitos exigidos para participar en los proyectos.

En orden a la aplicación del citado Baremo de Puntuación, se aplicarán, con carácter general, las siguientes normas:

Se entenderá por UNIDAD FAMILIAR aquella formada por la persona solicitante y, en su caso, quienes convivan con ella en la misma vivienda o alojamiento, ya sea por unión matrimonial o por cualquier otra forma de relación estable análoga a la conyugal; ascendientes y descendientes por relación de consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado.

Nadie podrá formar parte de 2 unidades familiares al mismo tiempo.

Se entenderá por CARGAS FAMILIARES tener a cargo del trabajador desempleado que se contrata, cónyuge, hijos/as o tutelados/as menores de 26 años o personas discapacitadas (con una capacidad reconocida de, al menos, el 33%) que carezcan de ingresos.

DETERMINACIÓN DE LA RENTA PER CÁPITA FAMILIAR: Se calculará de la siguiente forma: La suma de los ingresos netos de todos los miembros de la unidad familiar (los ingresos netos se obtendrán, en el caso de trabajadores por cuenta ajena, con el promedio de las tres últimas nóminas; de los autónomos, con la última declaración del IRPF; de los pensionistas, con la certificación emitida por la TGSS; y de las personas desempleadas, con la certificación emitida por el SEPE); Se restarán los gastos de manutención en caso que los hubiera, justificando debidamente su pago. Y el resultado se dividirá, a su vez, entre el número de miembros de la unidad familiar (definida anteriormente).

Se entenderá por FAMILIA MONOPARENTAL la constituida por un solo progenitor que, como tal, figure en el Libro de familia con los hijos que tiene a su cargo.

No podrá ser contratada más de una persona por unidad familiar, salvo que no hubiese otras personas demandantes de empleo en el ámbito territorial de ejecución de las actuaciones y existieran puestos a cubrir o se acreditara una situación de necesidad, ante la Oficina Emplea de Guadalajara, mediante informe de los servicios sociales.

NOVENA.- COMISIÓN DE SELECCIÓN.

La selección de los trabajadores se efectuará por la Comisión de Selección.

La Comisión de Selección estará formada por un Presidente/a, un Secretario/a y tres vocales.

Los miembros de la Comisión de Selección son responsables del estricto cumplimento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y de la publicación de los resultados.

La Comisión de Selección será la encargada de interpretar aquellos aspectos de las presentes bases de convocatoria que lo requieran, así como para resolver las dudas o reclamaciones que surjan durante el proceso. De igual manera, la Comisión de Selección podrá solicitar al interesado/a, en cualquier momento del proceso de selección, aquella documentación complementaria que precise. Asimismo, se podrá disponer la incorporación de asesores/as especialistas durante el proceso selectivo.

DÉCIMA.- RELACIÓN DE SELECCIONADOS Y PUBLICACIÓN.

La Comisión de Selección valorará las solicitudes presentadas en tiempo y forma no excluidas con arreglo al Baremo de Puntuación de la base sexta y formulará propuesta inicial de contratación a favor de los aspirantes que hayan obtenido una mayor puntuación final, hasta cubrir el número de puestos comunicados en las ofertas de empleo.

La relación de excluidos y la relación de aspirantes se publicarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Torija. Únicamente se publicará el número de registro, la causa de exclusión, o la puntuación obtenida por cada aspirante, dándose un plazo de 10 días para reclamar contra las exclusiones u omisiones o errores detectados en la puntuación obtenida.

Tras ese período, una vez comprobado el cumplimiento de requisitos por el Servicio Público de Empleo, se publicará la propuesta definitiva de excluidos y aspirantes seleccionados/as para la contratación, teniendo en cuenta que no podrá ser contratado más de una persona por unidad familiar, salvo que no hubiese otros demandantes de empleo. La publicación se realizará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Torija.

El resto de aspirantes que excedan de la propuesta definitiva de contratación pasarán al turno de reserva por el orden de puntuación que hayan obtenido, recurriéndose a ellos para sustituciones y supuestos de renuncia o baja de los trabajadores contratados. Dichas personas, en el momento de la contratación, deberán estar inscritas como demandantes de empleo no ocupados en las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha.

ONCE.- CONTRATACIONES.

Las personas propuestas para su contratación deberán presentar antes de la firma de su contrato la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria, en original, para su compulsa y devolución. Si en la comprobación de la documentación se observara inexactitud o falsedad se resolverá su exclusión, decayendo el/la interesado/a en los derechos o intereses legítimos a ser adscrito s/as al puesto de trabajo temporal.

Las personas propuestas se incorporarán a su puesto de trabajo en función de la fecha prevista para los proyectos descritos en la base 1ª, debiendo, en todo caso, cumplir los requisitos y demás condiciones exigidas hasta la fecha de la efectiva contratación temporal.

DOCE.- NORMAS APLICABLES.

La selección de las personas desempleadas objeto de esta convocatoria se regirá, además de por lo establecido en las presentes bases, por la siguiente normativa:

  • Orden 46/2026, de 7 de abril, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones para la puesta en marcha del Programa de Apoyo Activo al Empleo y se efectúa la convocatoria para 2026.
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
  • Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público

TRECE.- RECURSOS.

Contra estas Bases, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse por los/as interesados/as recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación. También podrá interponerse alternativamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Toledo, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30-114.c) y 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa -LJC-A-, sin perjuicio de que los/as interesados/ as puedan interponer cualquier otro recurso que sea procedente y estimen oportuno.

En Torija, a 2 de junio de 2026. El Alcalde-Presidente, D. Álvaro Murillo Bonacho

ANEXO I

SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA DE LOS PROYECTOS DEL AYUNTAMIENTO DE TORIJA RELATIVOS PROGRAMA DE APOYO ACTIVO AL EMPLEO EN RELACIÓN A LA ORDEN 46/2026 DE 7 DE ABRIL DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO

NOMBRE Y APELLIDOS:

DNI o NIE:

DATOS A EFECTOS DE NOTIFICACIONES

(Las notificaciones telemáticas se realizan a través de la Sede electrónica, deberá disponer de certificado electrónico para acceder a la misma. Se le enviará un aviso al correo electrónico)

CORREO ELECTRÓNICO:

En papel

 

Electrónicamente

 

TELÉFONO:

DOMICILIO A EFECTO DE NOTIFICACIONES:

 

POBLACIÓN:

PROVINCIA:

 

C.P:

El/la abajo firmante SOLICITA se admitido/a en el proceso de selección a que se refiere la presente instancia.

En _____________, a ___ de ____________ de 20__

Fdo:

En cumplimiento del REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO sobre Protección de Datos, le informamos que sus datos serán incorporados a los tratamientos del AYUNTAMIENTO DE TORIJA utilizando los mismos con las limitaciones y en la forma que impone el citado Reglamento y otras leyes que afectan a las Administraciones Locales. La finalidad de estos tratamientos es la de ser utilizados en la prestación del servicio solicitado. En el caso de que usted quiera ejercitar los derechos que le asisten, puede dirigirse al AYUNTAMIENTO DE TORIJA, con CIF: P1933100H y con dirección en: Plaza de la Villa, 1 - 19190 TORIJA (Guadalajara), España. - Teléfono y Fax: 949 320 029 - E.Mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Para ampliar información, leer "Aviso Legal" en la Web: www.torija.com Habiendo leído la presente información sobre Protección de Datos Personales,

SÍ / NO AUTORIZO, con mi firma en este documento y de forma expresa e inequívoca, el tratamiento de los datos personales aportados.

DOCUMENTACIÓN QUE DEBERÁ ADJUNTAR:

DNI/NIE del solicitante.

Tarjeta de demanda de empleo.

Anexo I

Anexo II

Libro de familia completo y/o Certificado de Inscripción en Registro de Parejas de Hecho.

Acreditación de la discapacidad de la persona solicitante igual o superior al 33 %. (artículo 16.1.b).

Para solicitantes menores de 30 años y mayores de 66 años, Informe de los Servicios sociales o acreditación de la priorización de la Oficina Emplea o documentación acreditativa de tener responsabilidades familiares, en su caso. (artículo 16.1.a) 2º).

Certificado de empadronamiento colectivo, resolución de dependencia de la persona que convive con el participante y acreditación de la pertenencia a familia en la que ningún miembro está empleado, en su caso. (artículo 16.1.a) 4º).

Certificado en el que conste la fecha de inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en su caso. (art. 16.1.c).

Título judicial en vigor y en su defecto informe del Instituto de la Mujer acreditativo de la condición de víctima de violencia de género, en su caso. (artículo 16.1.d).

Informe clínico del centro de salud mental o similar acreditativo de la condición de persona con trastorno de espectro autista, en su caso. (artículo 16.1.e).

Sentencia que acredite que han sido despedidos o han sufrido discriminación laboral por su condición sexual, en el caso de colectivos relacionados en el artículo 1 de la Ley 5/2022, de 6 de mayo, de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI en Castilla-La Mancha, en su caso. (artículo 16.1.f).

Acreditación de los estudios de los mayores de 16 años que no figuren inscritos como demandantes de empleo.

Documento que acredite la situación actual de prestaciones por desempleo

Documento que acredite la Permanencia en desempleo, periodos de desempleo (informe de vida laboral actualizado).

Certificado del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), de los periodos como demandantes de empleo.

Certificado del SEPE, con el tipo de cobertura del solicitante y de los miembros de su unidad familiar en desempleo, si procede.

Certificado de Bienestar Social en el que se declare reconocido como cuidador al solicitante, si procede.

Informe favorable de Bienestar Social como persona vulnerable y/o en situación de exclusión social, si procede.

Documento acreditativo de familia monoparental, si procede.

En caso de tener gastos de manutención, se presentará la sentencia judicial y justificante del pago del último mes.

A los efectos del cálculo de la renta de la unidad familiar (mayores de 16 años), se deberá presentar:

  1. No empleados: Justificante de demanda de empleo y justificante de SEPE tanto positivo como negativo del cobro de prestación..
  2. Empleados:
      • Trabajador por cuenta ajena: Fotocopia de las tres últimas nóminas.
      • Trabajador por cuenta propia: Fotocopia de la declaración IRPF 2024.
  3. Pensionistas, documento expedido por la TGSS del importe mensual de la pensión de la Seguridad Social.
  4. Estudiantes que no trabajan: Última matrícula académica.

O cualquier otra documentación que considera necesaria para que sea valorada según las bases a las que hace referencia la solicitud.

ANEXO II

DECLARACIÓN RESPONSABLE, PROGRAMA DE APOYO ACTIVO AL EMPLEO EN RELACIÓN A LA ORDEN 46/2026, DE 7 DE ABRIL, DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO

Yo _______________________________________________________,mayor de edad, con DNI / NIE _________________ y domicilio en _________________________________________ Municipio _____________________ Provincia de___________________________

DECLARO

Que son ciertos los datos consignados en ella, asumiendo que su falsedad supondrá la exclusión del proceso.

Que reúne y acepta los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria.

Que mi unidad familiar se compone de _____ miembros, de los cuales _____ son hijos menores a cargo.

No he sido separado mediante expediente disciplinario en el servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarme en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos.

Que no padezco enfermedad u defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes al puesto de trabajo al cual me presento.

Autorizo, tanto a este Ayuntamiento como a la Oficina de Empleo de Castilla-La Mancha, a que obtengan los datos necesarios para poder baremar mi solicitud de participación en la convocatoria para la contratación de personas desempleadas amparo de lo establecido en Orden 146/2022, de 27 de julio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, reguladora de las Bases para la concesión de subvenciones a entidades locales para la contratación de personas desempleados y en situación de exclusión social.

Esta autorización se extiende a la consulta y obtención en otros Organismos o Entidades Públicas o Privadas, de aquellos datos que se consideren necesarios para comprobar los extremos a tener en cuenta para la baremación de las solicitudes de participación en este Plan de Empleo, tales como Consejería de Bienestar Social de la JCCM, Instituto de la Mujer C-LM, Centros de la Mujer y Tesorería General de la Seguridad Social.

Los datos obtenidos estarán sujetos a la normativa contemplada en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal.

AUTORIZACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR, EN CASO DE QUE SEA NECESARIO CONSULTAR DATOS:

En cumplimiento del REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO sobre Protección de Datos, le informamos que sus datos serán incorporados a los tratamientos del AYUNTAMIENTO DE TORIJA utilizando los mismos con las limitaciones y en la forma que impone el citado Reglamento y otras leyes que afectan a las Administraciones Locales. La finalidad de estos tratamientos es la de ser utilizados en la prestación del servicio solicitado. En el caso de que usted quiera ejercitar los derechos que le asisten, puede dirigirse al AYUNTAMIENTO DE TORIJA, con CIF: P1933100H y con dirección en: Plaza de la Villa, 1 - 19190 TORIJA (Guadalajara), España. - Teléfono y Fax: 949 320 029 – E.Mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Para ampliar información, leer "Aviso Legal" en la Web: www.torija.com Habiendo leído la presente información sobre Protección de Datos Personales

SÍ / NO AUTORIZO, con mi firma en este documento y de forma expresa e inequívoca, el tratamiento de los datos personales aportados. Y para que conste a los efectos oportunos firmo la presente declaración

En Torija, a ____ de ____________________ de 202_

Firma:

ANEXO III

SOLICITUD DE SEUDONIMIZACIÓN DE LOS DATOS DE LA MUJER VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO

Datos personales:

PRIMER APELLIDO

SEGUNDO APELLIDO

NOMBRE

DNI

DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES(DIRECCIÓN COMPLETA)

CÓDIGO POSTAL

LOCALIDAD

PROVINCIA

TELÉFONO FIJO

TELÉFONO MÓVIL

CORREO ELECTRÓNICO

Mediante el presente documento solicito la seudonimización de mis datos personales, mediante seudónimo, en todos los actos objeto de publicación derivados de la gestión del proceso selectivo de personal correspondiente al Programa de Apoyo Activo al Empleo a ejecutar por el Ayuntamiento de Torija, por tener la condición de mujer víctima de violencia de género.

Documentación presentada:

 

Título judicial

 

Informe emitido por el Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha

Declaro bajo mi responsabilidad, que tengo la consideración de mujer víctima de violencia de género, por encontrarme en una de las situaciones recogidas en la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha.

En_________________________,a__________de_____________de 20__;

Fdo:

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Torija
Visto 79 veces

© Diputación Provincial de Guadalajara

Plaza de Moreno, 10 - 19001 Guadalajara - Tel.: 949 88 75 00