AYUNTAMIENTO DE ALBARES
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de modificación de las Ordenanzas Fiscales Reguladoras de tasa, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
«1.- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el tránsito de ganado por las vías públicas o terrenos de dominio público local
rtículo 12.- El tributo se recaudará semestralmente en los plazos señalados en el Reglamento General de Recaudación para los tributos de notificación colectiva y periódica.
2.- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de desinsectación contra moscas y mosquitos ocasionados por las granjas de gallinas existentes en el término municipal
Artículo 9.3.-Administración y cobranza
El tributo se recaudará semestralmente en los plazos señalados en el Reglamento General de Recaudación para los tributos de notificación colectiva y periódica.
3.- Ordenanza fiscal de la tasa de alcantarillado
Artículo 13.2: Plazos y forma de declaración de ingresos
El tributo se recaudará semestralmente en los plazos señalados en el Reglamento General de Recaudación para los tributos de notificación colectiva y periódica.
4.- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras
Artículo 12.- El tributo se recaudará semestralmente en los plazos señalados en el Reglamento General de Recaudación para los tributos de notificación colectiva y periódica.» .
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Albares a 16 de marzo de 2026. El Alcalde, Antonio Brihuega Rodríguez.





