AYUNTAMIENTO DE RIBA DE SAELICES
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto general del ejercicio 2026 al no haberse presentado alegaciones al acuerdo del pleno de 7 de enero de 2026, publicado en el BOP num. 6 de 12 de enero de 2026 se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
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ESTADO DE GASTOS |
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A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
242508,78€ |
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A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
170538,78 € |
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CAPÍTULO 1: Gastos de Personal |
112462,78 € |
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CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios |
51265 € |
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CAPÍTULO 3: Gastos Financieros |
0 € |
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CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
6811 € |
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A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
71970 € |
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CAPÍTULO 6: Inversiones Reales |
71970 € |
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CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
0 € |
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B) OPERACIONES FINANCIERAS |
0 € |
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CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0 € |
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CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
0 € |
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TOTAL: |
242508,78 € |
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ESTADO DE INGRESOS |
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A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
242508,78 € |
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A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
181008,78 € |
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CAPÍTULO 1: Impuestos Directos |
32000 € |
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CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos |
1500 € |
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CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos |
18853,78 € |
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CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
91155 € |
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CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales |
37500 € |
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A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
61500 € |
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CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales |
0 € |
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CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
61500 € |
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B) OPERACIONES FINANCIERAS |
0 € |
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CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0 € |
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CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
0 € |
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TOTAL: |
242508,78 € |
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CATEGORÍA-GRUPO |
PUESTOS DE TRABAJO |
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Funcionario |
Secretario Interventor en agrupación |
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Personal laboral |
Maestro educación infantil |
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Personal Laboral |
Peón servicios múltiples a tiempo parcial |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Riba de Saelices a 3 de febrero de 2026. El Alcalde. Carlos Loscos Moreno.





