AYUNTAMIENTO DE VALFERMOSO DE TAJUÑA
1926
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto general del ejercicio 2025 al no haberse presentado alegaciones, se publica el resumen del mismo, para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ESTADO DE INGRESOS |
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126.701,43 |
Cap. 1 – Impuestos directos |
47.223,65 |
Cap. 2 – Impuestos indirectos |
1.900,00 |
Cap. 3 – Tasas, precios públicos y otros ingresos |
51.778,00 |
Cap. 4 – Transferencias corrientes |
17.324,78 |
Cap. 5 – Ingresos patrimoniales |
8.475,00 |
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30.175,00 |
Cap. 6 – Enajenación de inversiones reales |
0,00 |
Cap. 7 – Transferencias de capital |
30.175,00 |
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0,00 |
Cap. 8 – Activos financieros |
0,00 |
Cap. 9 – Pasivos financieros |
0,00 |
TOTAL INGRESOS |
156.876,43 |
ESTADO DE GASTOS |
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122.134,48 |
Cap. 1 – Gastos de personal |
50.741,26 |
Cap. 2 – Gastos corrientes en bienes y servicios |
57.074,00 |
Cap. 3 – Gastos financieros |
24,00 |
Cap. 4 – Transferencias corrientes |
14.295,22 |
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0,00 |
Cap. 5 – Fondo de contingencia |
0,00 |
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34.724,90 |
Cap. 6 – Inversiones reales |
34.724,90 |
Cap. 7 – Transferencias de capital |
0,00 |
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0,00 |
Cap. 8 – Activos financieros |
0,00 |
Cap. 9 – Pasivos financieros |
0,00 |
TOTAL GASTOS |
156.859,38 |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Valfermoso de Tajuña, a 20 de junio de 2025. El Alcalde, David de Loro Santos.