AYUNTAMIENTO DE CAMPILLO DE RANAS
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Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta Entidad expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local con la instalación de terrazas, barras de bar portátiles y veladores en terrenos de uso público, con ocasión del ejercicio de la actividad de hostelería y por rodajes en la vía pública, el Pleno del Ayuntamiento de Campillo de Ranas, en sesión ordinaria celebrada el día 03 de junio de 2025, acordó la aprobación provisional de la modificación de la referida de la ordenanza fiscal.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se convoca, por plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Asimismo, se publicará en el Tablón de Anuncios de la Entidad.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de esta entidad [dirección https://campilloderanas.sedelectronica.es/].
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Campillo de Ranas, a 3 de junio de 2025, el Alcalde, D. Francisco Maroto García