Ayuntamiento de Mondéjar
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ANUNCIO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, se hace público el acuerdo de aprobación de la siguiente ordenanza municipal, que fueron adoptados por la Corporación en Pleno, en sesión celebrada el día veintiséis de julio de 2016 y que ha resultado definitiva por ausencia de alegaciones durante el trámite de información pública.
En Mondéjar, a veintitrés de septiembre de 2016.- El Alcalde, José Luis Vega Pérez.
CREACIÓN DEL PERFIL DE CONTRATANTE DEL AYUNTAMIENTO DE MONDÉJAR
A la vista de que el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público establece la obligación de crear el Perfil de Contratante, como un medio que nace para asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a la actividad contractual del órgano de contratación, sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad en los casos exigidos por dicha Ley.
A la vista de que el Ayuntamiento de Mondéjar, como órgano de contratación, quiere asegurar la transparencia y el acceso público en su actividad contractual de una manera clara para el ciudadano.
A la vista de que el sistema informático que soporte el Perfil de Contratante, deberá acreditar de forma fehaciente el momento de inicio de difusión pública, la integridad de la misma y la garantía de disponibilidad a través de su consulta.
Tal y como establece el artículo 53 en relación con la Disposición Adicional Segunda del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Pleno, adopta por unanimidad el siguiente ACUERDO:
PRIMERO. Crear con efectos desde el día 1 de octubre de 2016, el Perfil de Contratante del Ayuntamiento de Mondéjar, que acreditará de modo fehaciente el momento de inicio de la difusión pública, la integridad de la misma y la garantía de disponibilidad de cuanto se refiera a la actividad contractual de este Ayuntamiento, en los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,a través de su consulta en la dirección electrónica: https://mondejar.sede-electronica.es
SEGUNDO. La forma de acceso del Perfil de Contratante deberá especificarse en la página Web institucional del Ayuntamiento, en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y en los anuncios de licitación.
TERCERO. Integrar el Perfil de Contratante en la Sede Electrónica Municipal.
CUARTO. En el Perfil de Contratante del Ayuntamiento deberá constar la siguiente información:
- Anuncios de licitación.
- Composición de la mesa de contratación.
- Adjudicaciones.
- Formalizaciones.
- Procedimientos de adjudicación anulados
Así como cualquier otro tipo de información sobre la actividad contractual del Ayuntamiento que contemple la normativa sobre la tramitación y contratación en el Sector Público.