AYUNTAMIENTO DE HITA
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De conformidad con lo dispuesto en el art. 9 del Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, transporte, y seguridad social y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en relación con lo establecido en el art. 11.3 de la Ordenanza Fiscal Municipal Reguladora del Impuesto sobre incremento del Valor de los terrenos de naturaleza urbana, se hace público para general conocimiento la actualización de los nuevos coeficientes a aplicar para la determinación de la base imponible del impuesto con efectos desde el día el 1 de enero de 2025 y que se indican a continuación:
Periodo de generación |
Coeficiente |
Inferior a 1 año. |
0,16 |
1 año. |
0,15 |
2 años. |
0,15 |
3 años. |
0,15 |
4 años. |
0,16 |
5 años. |
0,18 |
6 años. |
0,20 |
7 años. |
0,22 |
8 años. |
0,23 |
9 años. |
0,21 |
10 años. |
0,16 |
11 años. |
0,13 |
12 años. |
0,11 |
13 años. |
0,10 |
14 años. |
0,10 |
15 años. |
0,10 |
16 años. |
0,10 |
17 años. |
0,12 |
18 años. |
0,16 |
19 años. |
0,22 |
Igual o superior a 20 años. |
0,35 |
En Hita, a 10 de enero de 2025. Alcalde-Presidente.- Ignacio Ayuso Blas