AYUNTAMIENTO DE ZAOREJAS
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente Delegación de Competencias del Alcalde en el Primer Teniente de Alcalde, relativo al expediente N.º 174/2024, se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
DECRETO DE ALCALDÍA
Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en los artículos 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y 43 a 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
PRIMERO. Delegar en el Teniente de Alcalde, Don Francisco Javier Arcediano López, el ejercicio de la atribución de la Alcaldía contemplada en el artículo 21. 1. q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, relativa al expediente 174/2024, en relación de la licencia de segregación solicitada por el actual Alcalde don José Luis López Arcediano. Debido a que el actual Alcalde no puede participar en la resolución por ser parte interesada en el asunto a tratar.
SEGUNDO. Imponer al delegado la obligación de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
TERCERO. Establecer que los actos dictados por el delegado en ejercicio de las atribuciones que le han sido delegadas deben indicar expresamente esta circunstancia y que se considerarán dictados por la Alcaldía de este Ayuntamiento.
No obstante, se confiere al órgano delegado la potestad para la resolución de los recursos de reposición contra los actos dictados por sí mismo.
CUARTO. Comunicar la presente resolución al Teniente de Alcalde, Don Francisco Javier Arcediano López, la cual surtirá efectos desde el día siguiente la firma del presente del Decreto en virtud del artículo 44,2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
QUINTO. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
SEXTO. Dar cuenta al Pleno de la Corporación, en la primera sesión que éste celebre, del contenido de la delegación.
SÉPTIMO. Aplicar, respecto a todo lo no previsto expresamente en la presente resolución, las reglas que para la delegación de competencias del Alcalde se prevén en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.
En Zaorejas, a 6 de noviembre de 2024. El Alcalde-Presidente, Fdo. José Luis López Arcediano.