AYUNTAMIENTO DE MANTIEL
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Considerando que con fecha 05 de noviembre de 2024 se ha procedido a resolver favorablemente la formalización de Convenio Interadministrativo de Colaboración entre la AGENCIA DEL AGUA DE CASTILLA LA MANCHA, O.A., y este AYUNTAMIENTO DE MANTIEL, con el objeto de llevar a cabo la Adenda para “Segundo Modificado del Convenio de Colaboración, de 15 de mayo de 2024, entre la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, O.A., y el Excmo. Ayuntamiento de Mantiel (Guadalajara) para la ejecución de actuación de Rehabilitación de Balneario en el marco del RD 1159/2020, de fecha 22 de diciembre”.
De conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme al siguiente contenido:
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Visto el borrador del Segundo Modificado del Convenio de Colaboración, de 15 de mayo de 2024, entre la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, O.A., y el Excmo. Ayuntamiento de Mantiel (Guadalajara) para la ejecución de actuación de Rehabilitación de Balneario en el marco del RD 1159/2020, de fecha 22 de diciembre.
Resultando que la suscripción de dicha adenda al Convenio redundará en beneficio de la promoción turística y fomento de la actividad económica en el término municipal de Mantiel (Guadalajara), teniendo como objeto contemplar las fórmulas de cooperación económica y técnica del citado organismo autónomo, ente instrumental de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y este Ayuntamiento, para la mejora de las infraestructuras existentes y construcción de nuevas infraestructuras directamente relacionadas con la prestación del citado servicio público.
Considerando lo establecido en los artículos 6, 55, y 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, de aquí en adelante LRBRL, así como los artículos 47 a 53 de la de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de aquí en adelante, LRJSP, y visto el Informe emitido por la Secretaría-Intervención Municipal, de fecha 05/11/2024.
Considerando que, la suscripción de la adenda del presente convenio de cooperación supondrá la mejora de las infraestructuras públicas municipales, contribuyendo al beneficio de la promoción turística y fomento de la actividad económica en el término municipal de Mantiel y que se cumple con lo dispuesto por la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, por cuanto las actuaciones se financian íntegramente por la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, O.A.
Visto que el expediente ha cumplido la tramitación legalmente establecida, y en virtud de las competencias que el artículo 21.1 de la LRBRL, atribuye a esta Alcaldía,
RESUELVO
PRIMERO. Aprobar el Segundo Modificado del Convenio de Colaboración, de 15 de mayo de 2024, entre la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, O.A., y el Excmo. Ayuntamiento de Mantiel (Guadalajara) para la ejecución de actuación de Rehabilitación de Balneario en el marco del RD 1159/2020, de fecha 22 de diciembre, a ejecutar por la Agencia del Agua y cuyo texto, se anexa a la presente resolución, como anexo nº 1, formando parte indisoluble de la misma.
SEGUNDO. Dar traslado de la presente resolución a la AGENCIA DEL AGUA DE CASTILLA LA MANCHA, O.A. a efectos de concretar fecha para su suscripción, comunicando al efecto que el órgano competente para su suscripción y firma, así como para cuantos actos y trámites sean necesarios para llevar a cabo el objeto del mismo, por parte de este Ayuntamiento es esta Alcaldía al amparo del citado artículo 21.1.s) de la LRBRL.
TERCERO. Inscribir el convenio, una vez se haya suscrito, en el Registro electrónico de órganos de cooperación y de convenios de este Ayuntamiento y publicar el mismo en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
CUARTO. Una vez formalizado el Convenio de Cooperación, dar comunicación del mismo a la Administración General del Estado, que resultando interesada no ha intervenido en el mismo, a los efectos de mantener una recíproca y constante información.
QUINTO. Notificar la presente resolución a los interesados con indicación expresa de los recursos que sean procedentes.
Lo manda y firma la Alcaldía-Presidencia, en Mantiel, en la fecha indicada al margen, de lo cual, yo, la Secretaria-Intervención Municipal, doy fe y firmo a efectos de su trascripción al correspondiente Libro de Resoluciones.
SEGUNDO MODIFICADO DE CONVENIO DE COLABORACIÓN, DE 15 DE MAYO DE 2024, ENTRE LA AGENCIA DEL AGUA CASTILLA LA MANCHA, O.A. Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MANTIEL (GUADALAJARA) PARA LA EJECUCIÓN DE ACTUACION DE REHABILITACIÓN DE BALNEARIO EN EL MARCO DEL REAL DECRETO 1159/2020, DE FECHA 22 DE DICIEMBRE.
En Toledo, en la fecha indicada en la firma,
REUNIDOS
De una parte, Don Buenaventura Gómez De La Hera, mayor de edad, con domicilio a estos efectos en Calle La Fuente núm. 3, C.P 19128, Mantiel, Guadalajara.
Y, de otra parte, Doña Mercedes Echegaray Giménez, mayor de edad, con domicilio a estos efectos en Paseo Cristo de la Vega, s/n, 45071, Toledo.
INTERVIENEN
El Sr. Gómez De La Hera, en nombre y representación del AYUNTAMIENTO DE MANTIEL, Entidad Local provista de CIF núm. P1920000E y con domicilio Calle La Fuente núm. 3, C.P 19128, Mantiel, Guadalajara. Actuando en su condición de titular de la Alcaldía- Presidencia del referido Ayuntamiento, cargo para el que fue elegido según resulta del Acta de la Sesión constitutiva del Pleno de fecha 17 de junio de 2023, en el ejercicio de las atribuciones que ostenta al amparo de lo previsto en el artículo 21.1.b) y s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
La Sra. Echegaray Giménez, en nombre y representación de la AGENCIA DEL AGUA DE CASTILLA-LA MANCHA, organismo autónomo de la Junta de Comunidades Castilla-La Mancha, provisto de C.I.F. núm. S4500400I y con domicilio en Paseo Cristo de la Vega, s/n, 45071, Toledo. Actuando en méritos de la Delegación de Atribuciones efectuada por la Presidencia de la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha en favor de la Dirección-Gerencia de la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, mediante Resolución de fecha 20 de octubre de 2021 publicada en el núm. 207 del DOCM de fecha 27 de octubre de 2021 y por la cual, entre otras se delegó la atribución prevista en el art. 9.4.c) de la Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Ostentando el cargo de Directora-Gerente del referido Organismo Autónomo en virtud del Decreto 247/2023, de 29 de agosto, publicado en el núm. 167 del DOCM de fecha 31 de agosto de 2023.
Se reconocen ambas partes, competencia y capacidad legal suficiente, para suscribir la presente modificación del Convenio suscrito en fecha 15 de mayo de 2024, a cuyo efecto,
EXPONEN
I. Que, en fecha 15 de mayo de 2024, tras la tramitación del correspondiente expediente administrativo, se suscribió entre la Agencia del Agua Castilla La Mancha, O.A. y el Excmo. Ayuntamiento de Mantiel un Convenio de Colaboración para la ejecución de la Actuación de Rehabilitación de Balneario, en el marco del Real Decreto 1159/2020, de 22 de diciembre.
II. El referido convenio, contempla un importe total inicial estimado la actuación a ejecutar, de 380.410,39 euros, distribuido en las siguientes anualidades:
ANUALIDAD/TIPO |
Importe IVA inc. |
2024 |
47.551,36 |
2025 |
190.205,16 |
2026 |
142.653,87 |
TOTAL |
380.410,39 |
Los trabajos contemplados en la actuación se basaban en lo expresado en los dos proyectos parciales iniciales, remitidos por el ayuntamiento de Mantiel, y que consistían en un proyecto de edificación para piscina termal y otro accesorio de instalaciones. Dichos proyectos, denominados formalmente “Proyecto Básico y de Ejecución Parcial de Edificio de Piscina Termal en C/ La Fuente nº1” y el “Proyecto de Instalaciones de Edificio Parcial de Piscina Termal en C/ La Fuente nº 1” en el término municipal de Mantiel, fueron elaborados en el año 2021. El importe total del convenio inicial resultaba de la suma de los presupuestos contenidos en los citados proyectos.
III. No obstante, antes de iniciar los trabajos de licitación de las obras contenidas en los citados proyectos, se verificó que los capítulos 1, 2 y 3, denominados Movimiento de Tierras, Cimentación y Estructura del Presupuesto del Proyecto Básico y de Ejecución de Edificio de Piscinas Termales en C/ La Fuente nº 1, en Mantiel”, ya fueron ejecutados por el Ayuntamiento de Mantiel.
IV. Que, a la vista de lo anterior, se solicitó del ayuntamiento lo siguiente: 1) Que se refundiera en un solo proyecto la actuación que había de llevarse a cabo; y 2) Que se llevara a cabo la actualización de precios unitarios de las distintas partidas que conforman el proyecto, habida cuenta el tiempo transcurrido desde su redacción.
Una vez realizada la integración de los dos proyectos y la correspondiente actualización de sus precios unitarios, se procedió a una primera Modificación del Convenio, que fue formalizada con fecha 22 de agosto de 2024, con un nuevo importe de presupuesto de ejecución por contrata de 577.800,83 euros, distribuido en las siguientes anualidades:
ANUALIDAD/TIPO |
Importe IVA inc. |
2025 |
288.900,41 € |
2026 |
288.900,42 € |
TOTAL |
577.800,83 € |
V. Con posterioridad a lo anterior, y cuando ya se había iniciado la tramitación del expediente de obras, el ayuntamiento de Mantiel ha solicitado una segunda modificación de convenio que amplíe el ámbito de la actuación, a fin de incorporar la construcción del denominado Edificio complementario de accesos y vestuarios, remitiendo a tal fin, en fecha 15 de octubre de 2024, el ayuntamiento el nuevo proyecto refundido y unificado que integra el proyecto anterior (que a su vez era el resultado de refundir los proyectos de Edificio destinado a piscina termal con el proyecto de instalaciones) con el referido Edificio complementario de accesos y vestuario. La ampliación del proyecto objeto de convenio implica un aumento del presupuesto de ejecución por contrata, que pasa a ser de 1.122.574,69 €, IVA incluido, con la siguiente distribución de anualidades:
ANUALIDAD/TIPO |
Importe IVA inc. |
2025 |
561.287,34 € |
2026 |
561.287,35 € |
TOTAL |
1.122.574,69 € |
El nuevo Presupuesto supone un importe adicional estimado de 742.164,30 euros sobre lo previsto en el Convenio inicial.
VI. Que, asimismo el apartado final de la referida cláusula tercera del convenio previene que, la modificación de las actuaciones objeto del convenio o la medición final que impliquen un incremento del coste total de las actuaciones contempladas en el convenio, deberá ser objeto de una adenda a suscribir por las partes del mismo,
De conformidad con lo anteriormente expuesto, las partes intervinientes formalizan la presente Adenda del Convenio, la cual se regirá por lo dispuesto en las siguientes.
CLÁUSULAS
PRIMERA. Modificación de Cláusula Segunda, Trabajos.
El ámbito del objeto del presente convenio comprende la ejecución de Actuación de Rehabilitación de Balneario, en los términos del “Proyecto Básico y de Ejecución de Edificio Parcia de Piscinas Termales y Edificio Complementario de Acceso y Vestuarios, en Calle La Fuente, núm. 1, Mantiel (Guadalajara)” estructurado en FASE 1. Edificio de Piscina Termal y FASE 2 Edificio de Acceso y Vestuarios, en el término municipal de Mantiel, cuyo autor es el Arquitecto, Don José Luis Vázquez Chena, con nº de colegiado 623 del Colegio Oficial de Arquitectos de Castilla La Mancha.
SEGUNDA. Modificación de la Cláusula Tercera, Presupuesto y Financiación.
La actuación enumerada en la cláusula anterior, objeto del presente convenio, tiene un presupuesto base de licitación de 1.122.574,69 euros, IVA incluido, resultante del cálculo del presupuesto conjunto de los referidos proyectos.
Dicho importe se financia íntegramente, con cargo a la aplicación presupuestaria 56010000/G/512A/69000, financiada con el Fondo 0000001850, correspondiente a la subvención otorgada por el ministerio, e incluida en el Proyecto de Gasto con Nº de elemento PEP, OOAA/0000001665 de la AGENCIA DEL AGUA DE CASTILLA-LA MANCHA, con el siguiente desglose de Anualidades:
ANUALIDAD/TIPO |
Importe IVA inc. |
2025 |
561.287,34 € |
2026 |
561.287,35 € |
TOTAL |
1.122.574,69 € |
Los citados importes son estimativos, pudiendo ser reajustados tanto al alza como a la baja, en función del coste real de las actuaciones una vez realizadas.
Las eventuales bajas en la adjudicación de los contratos que se derivan de este convenio y que pudieran acaecer fruto de su licitación, podrán destinarse a su vez a los eventuales incrementos de costes, que pudieran acaecer fruto de las liquidaciones o modificaciones de los mismos.
Asimismo, los reajustes al alza que superen los importes señalados serán también financiados por la Agencia del Agua, condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la indicada aplicación presupuestaria financiada con la subvención otorgada por el ministerio.
Y en todo caso, la modificación de las actuaciones objeto del convenio o la medición final que impliquen un incremento del coste total de las actuaciones contempladas en el convenio, deberá ser objeto de una adenda a suscribir por las partes del mismo.
TERCERA. Integridad.
En todo lo no modificado por la presente Adenda, se mantiene plenamente en vigor el Convenio identificado en el Expositivo I, ratificando y reiterando las Partes los términos del mismo en todos sus extremos.
En prueba de conformidad y para el fiel cumplimiento de lo acordado, se suscribe la presente Adenda, en Toledo y considerándose como fecha de formalización del mismo la de la última de las firmas electrónicas incorporadas al mismo.
LA AGENCIA DEL AGUA DE CASTILLA-LA MANCHA, O.A. |
EL AYUNTAMIENTO DE MANTIEL |
En Mantiel, a 7 de noviembre de 2024. El Alcalde, Fdo.: Buenaventura Gómez de la Hera.