AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
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Extracto de la Resolución de la Concejalía Delegada de Urbanismo de 1 de octubre de 2024 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones de promoción urbanística para la realización de estudios y trabajos accesorios sobre el valor arqueológico previos a la edificación o rehabilitación de edificios en el Casco Antiguo de Guadalajara para el ejercicio 2024.
BDNS (788629):
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/788629) y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Guadalajara.
Primero. Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en esta convocatoria las personas físicas o jurídicas que ejecuten obras de construcción de solares o de rehabilitación de edificios, y que se encuentren entre las siguientes:
- Las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietarios o las cooperativas constituidas al efecto y los propietarios únicos del solar sobre el que se va a edificar o del edificio objeto de rehabilitación.
- Los titulares de un derecho que le habilite a la ocupación del solar o edificio.
- Las empresas o entidades que, en nombre de los anteriores, promocionen la construcción de edificios de nueva planta o rehabilitación de edificios existentes, y que se encuentren expresamente autorizados para ello por los propietarios.
- Los Agentes Edificadores, a quien el Ayuntamiento de Guadalajara haya adjudicado la ejecución de un Programa de Actuación Edificatoria, con arreglo al Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla La Mancha, y estén al corriente en el cumplimiento de sus deberes urbanísticos.
Segundo. Finalidad:
Es objeto de la presente Convocatoria, la concesión de subvenciones para los estudios y trabajos accesorios necesarios para la realización de los mismos, sobre el valor arqueológico de la parcela, solar o edificación y la incidencia que pueda tener en el proyecto de las obras posteriores, que se han de llevar a cabo con anterioridad a cualquier movimiento de tierras, a tenor del artículo 48 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha y que habrán de ser autorizados y programados por la Consejería en materia de patrimonio histórico.
Se encuadra la presente línea de subvenciones entre las medidas fiscales de la Estrategia Integral para la Dinamización del Casco Antiguo de la Ciudad de Guadalajara aprobada por el Pleno del Ayuntamiento el 22 de enero de 2016 y se encuentra recogida en el Plan Estratégico de Subvenciones para el periodo 2023 a 2025 del Ayuntamiento de Guadalajara.
Tercero. Bases reguladoras:
Ordenanza General de Subvenciones Públicas del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara y sus Organismos autónomos (Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara número 32 de 14 de marzo de 2016).
Cuarto. Importe:
Las subvenciones previstas en la presente convocatoria se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 1500.48000 (transf. cte.ayudas estudios arqueologicos), siendo la cuantía total máxima destinada a las mismas 50.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Los interesados podrán solicitar las subvenciones en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOP de Guadalajara.
Tanto la solicitud como el resto de documentación necesaria para su tramitación se presentará en los modelos normalizados y teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 14 y 16 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Los sujetos incluidos en el artículo 14.2. estarán obligados a presentar su solicitud a través de medios electrónicos.
Guadalajara, 18 de Octubre de 2024. La Alcaldesa-Presidenta. Ana Cristina Guarinos López.