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Alustante
Anguita
Angón
Anquela del Ducado
Anquela del Pedregal
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Argecilla
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Arroyo de las Fraguas
Atanzón
Atienza
Auñón
Azuqueca de Henares
Baides
Barriopedro
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Bañuelos
Berninches
Bodera (La)
Brihuega
Budia
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Campillo de Ranas
Campisábalos
Canredondo
Cantalojas
Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
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Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
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Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
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Guadalajara
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Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
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Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
Yebra
Yunquera de Henares
Yunta (La)
Yélamos de Abajo
Yélamos de Arriba
Zaorejas
Zaragoza
Zarzuela de Jadraque
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Viernes, 18 Octubre 2024 08:10

BASES REGULADORAS PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE EMPLEO COMO PERSONAL LABORAL TEMPORAL EN EL MARCO DEL PROGRAMA MI PRIMER EMPLEO, COFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS.

3273

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AYUNTAMIENTO DE FONTANAR


3273

Expediente n.º: 1653/2024

PRIMERA: OBJETO Y NORMATIVA REGULADORA.

El objeto de la presente convocatoria es la creación de una bolsa de personas candidatas para la contratación como personal laboral temporal del Ayuntamiento de FONTANAR, perfil profesional OFICIAL DE TERCERA, para cubrir CINCO (5) contratos condicionado a la subvención concedida en el marco del Decreto 44/2024, de 27 de agosto, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la contratación de personas jóvenes en el marco del Programa Mi Primer Empleo, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus. Extracto BDNS (Identif.): 782653, concedida al Ayuntamiento de Fontanar mediante Resolución de fecha 14 de octubre de 2024 en el marco del expediente MPE-GU-P1913800G-24-01.

Los proyectos son:

  • FONTANAR VERDE (3 trabajadores).
  • FONTANAR LIMPIA (2 trabajadores).

Con objeto de evitar que la utilización de modos de expresión no sexista ocasiones alguna dificultad perturbadora añadida para la lectura y comprensión del presente texto, se hace constar expresamente que cualquier término genérico referente a personas, tales como participante, peón, solicitante, aspirante, etc. debe entenderse en sentido comprensivo de ambos sexos.

La presente convocatoria de proceso selectivo de personal laboral temporal en el marco de la citada subvención cuenta con unos plazos reducidos para la tramitación del expediente que se acomodan a la necesidad de agilidad del expediente dado que la concesión de la subvención ha sido notificada el 15 de octubre de 2024, mientras que el inicio del contrato- una vez finalizado el proceso selectivo- debe ser como máximo el 13 de noviembre de 2024, de acuerdo con el artículo 8.2 del Decreto 44/2024, de 27 de agosto, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

Asimismo, se hace constar que se ha presentado oferta genérica de empleo el 16 de octubre de 2024 con número de registro de entrada nº 4047319 (FONTANAR VERDE) y n.º 4047752 (FONTANAR LIMPIA) a los efectos de cumplimiento del artículo 19 del Decreto 44/2024.

SEGUNDA. - AMBITO TERRITORIAL.

Las presentes bases de la convocatoria que efectúa el Ayuntamiento de FONTANAR para la selección del personal a contratar, se circunscriben al ámbito territorial de las personas que cumplan los requisitos establecidos en el citado Decreto 44/2024, de 27 de agosto, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo publicado en el Diario Oficial de Castilla – La Mancha nº168 de fecha 30 de agosto de 2024. Asimismo, el presente proyecto se llevará a cabo en Fontanar, sin perjuicio de que de forma reglamentaria se asignen servicios diferentes.

TERCERA. - REQUISITOS GENERALES DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES:

  1. Tener la nacionalidad española (o de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen libre circulación de trabajadores, debidamente acreditado), según lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
  2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y no padecer enfermedad o impedimento físico que impida el normal desempeño de las funciones para las que se contrata.
  3. En el caso de tener reconocida grado de discapacidad, deberá aportar certificado emitido por el Centro Base de Guadalajara, donde se acredite que puede desempeñar las funciones del puesto de trabajo para el que se le contrata.
  4. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público. No haber tenido abierto ningún expediente disciplinario en ninguna Administración Pública en los últimos 5 años.
  5. No hallarse incurso/a en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la legislación vigente.
  6. Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos:
    • FONTANAR VERDE: Certificado de profesionalidad en gestión de residuos urbanos e industriales (SEAG0108). Certificado de profesionalidad de instalación y mantenimiento de jardines y zonas verdes (AGAO0208). Certificado de profesionalidad de actividades auxiliares en viveros, jardines y centros de jardinería (AGAO0108).
    • FONTANAR LIMPIA: Certificado de profesionalidad en gestión de residuos urbanos e industriales (SEAG0108). Certificado de profesionalidad de limpieza en espacios abiertos e instalaciones industriales (SEAG0209). Certificado de profesionalidad de limpieza de superficies y mobiliario en edificios y locales (SSCM0108).
    • Dichos certificados deben obrar en poder del candidato el día anterior al inicio de la relación laboral.
  7. Tener una edad comprendida entre 16 y 29 años en el momento de su contratación.
  8. Encontrarse inscrito en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil el día natural anterior a la fecha de inicio de la relación laboral y que en dicho momento cumplan los requisitos establecidos en el artículo 105 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, competitividad y la eficiencia, para ser beneficiarias de las medidas o acciones previstas en dicha norma.

No obstante, se considerará como requisito cualquier cuestión impuesta por la normativa reguladora de la subvención que financia la presente contratación

CUARTA. - OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES

1. Son obligaciones de las personas contratadas:

  1. Participar de forma activa en las acciones de motivación u orientación que se le propusieran durante el contrato, por parte de la entidad beneficiaria o la oficina Emplea.
  2. No rechazar o desatender de forma injustificada ninguna actividad propuesta desde la oficina Emplea.
  3. Aportar la documentación e información que se le requiera, a los efectos de su participación en los proyectos objeto de subvención.

2. El incumplimiento de las obligaciones o el falseamiento de cualquier información suministrada previamente a la contratación, dará lugar a la expulsión del programa y podrá suponer, en su caso, el inicio del correspondiente procedimiento sancionador, conforme a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

3. En cualquier caso, las personas participantes deberán cumplir lo estipulado para el personal laboral de la administración pública.

CAUSAS DE EXCLUSIÓN.

  1. No cumplir los requisitos de la convocatoria.
  2. Quedarán excluidos aquellas personas solicitantes que no aporten la documentación necesaria para verificar sus circunstancias y el cumplimiento del resto de los requisitos de la convocatoria, así como los que incurran en falsedad documental y falta de veracidad en los datos aportados.
  3. No aportar, en el tiempo y la forma establecida para ello, la documentación solicitada.
  4. Padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones del puesto de trabajo.
  5. Encontrarse en situación de inhabilitación mediante expediente disciplinario para el ejercicio de las funciones públicas de los servicios al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales.

QUINTA. – SOLICITUDES

Podrán participar aquellas personas inscritas en la Oficina de Empleo con el perfil solicitado a la misma, sin perjuicio de la documentación que pueda requerirse por parte del Ayuntamiento.

No obstante, quienes deseen participar en la selección deberán solicitarlo mediante instancia que se dirigirá al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de FONTANAR.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de FONTANAR sito en plaza San Matías s/n 19290 FONTANAR (Guadalajara), en el plazo de DIEZ días hábiles comprendido desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, ambos inclusive, en horario de lunes a viernes de 9-14 horas o en la sede electrónica https://fontanar.sedelectronica.es/ como en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes que se presenten a través del procedimiento regulado en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario correspondiente, antes de ser certificadas. En este supuesto, el aspirante tendrá que comunicar inmediatamente, en la misma fecha de su registro, este hecho al correo electrónico del Ayuntamiento de FONTANAR: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">sEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. , acreditando haber presentado la solicitud, dónde figure el sello oficial de entrada con indicación de la fecha.

Las presentes Bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, en la Sede electrónica de este Ayuntamiento https://fontanar.sedelectronica.es/ y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

El resto de las publicaciones (listas de admitidos y excluidos, Tribunal, baremos, puntuaciones y demás del procedimiento) se publicarán en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de FONTANAR y en la en la sede electrónica https://fontanar.sedelectronica.es/

Así mismo se remitirán las presentes bases a la Oficina del Servicio Público de Guadalajara de a los efectos oportunos.

SEXTA. – DOCUMENTACIÓN ANEXA

Se presentarán junto con la solicitud, toda la documentación que acredite que reúne los requisitos exigidos, así como DNI y título exigido.

Todas las circunstancias que pretendan hacerse valer se acreditarán documentalmente, y solo será valorada la presentada en tiempo y forma, sin admisión de presunciones.

El Tribunal de Selección no valorará aquella documentación de la requerida que no se hubiera presentado junto con la solicitud, en el plazo abierto para la presentación de solicitudes.

SÉPTIMA. – CLAUSULA DE SUSPENSIÓN

Participar en el presente proceso selectivo no genera derecho alguno y, en cualquier caso, la contratación quedará supeditada a la subvención indicada que financia el proyecto.

OCTAVA. - CONTRATO Y JORNADA LABORAL.

El contrato tendrá una duración de un año, no siendo susceptible de prórroga.

FONTANAR VERDE: (3 trabajadores). El proyecto consiste en realizar un estudio y análisis de la múltiple y muy diversa jardinería existente en el municipio, así como en sus parajes naturales para realizar un inventario de la misma, realizar tareas divulgativas para el cuidado de nuestro medioambiente y realizar tareas de jardinería dirigidas a la conservación y mantenimiento del medio natural, gestión y tratamiento de residuos. Todo ello con el principal objetivo de mejorar las competencias formativas de los participantes y mejorar su empleabilidad.

FONTANAR LIMPIA: (2 trabajadores): El proyecto consiste en realizar un estudio y análisis de la distribución de los residuos en el municipio y realizar tareas de limpieza enfocadas a conservación y mantenimiento tanto de las vías públicas como del medio natural, y también de las zonas industriales. Todo ello con el objetivo de mejorar las competencias de los participantes y mejorar su empleabilidad

Se establecerá un período de prueba dentro de los límites establecidos en la modalidad del contrato laboral correspondiente.

Las personas seleccionadas trabajarán una jornada completa de 37 ,5 horas semanales con los descansos que establece la ley, distribuidas uniformemente de lunes a viernes en horario de mañana.

Las personas contratadas, percibirán el salario que le corresponda a su categoría profesional (OFICIAL DE TERCERA con grupo de cotización 09) e incluirá la parte proporcional de la paga extraordinaria.

Las personas contratadas deberán disponer de aptitudes y conocimientos relacionados con el puesto de trabajo a desempeñar. Se establece un periodo de prueba de 1 mes desde la formalización del contrato. De producirse un despido por la no superación del periodo de prueba, esta entidad procederá a la sustitución por orden de la lista de seleccionados.

En el supuesto de que se produjesen extinciones de los contratos subvencionados por voluntad de la persona contratada, muerte, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez o por no superación del período de prueba, en base a la obligación de mantenimiento del puesto de trabajo subvencionado, el Ayuntamiento podrá sustituirla, en el plazo máximo de quince días naturales desde la fecha de baja en la Seguridad Social, mediante la formalización de un nuevo contrato por el período que le restara hasta la finalización del contrato de la persona sustituida.

En el caso de que se origine baja por enfermedad, baja maternal o accidente, la entidad podrá contratar una persona sustituta por el período que le restara hasta la finalización del contrato de la persona sustituida.

NOVENA. - SELECCIÓN DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES.

1. – Titulación adicional a la exigida: Se valorará las titulaciones diferentes- de igual o superior rango/nivel, independientemente del área formativa- a la exigida para el acceso a la plaza que se convoca a razón de 1 punto/titulación hasta un máximo de 3 puntos.
Este aspecto se deberá acreditar mediante la aportación del correspondiente título oficial.

En el caso de empate, se desempatará atendiendo al momento de presentación de la solicitud, desempatando por orden cronológico.

DÉCIMA. - TRIBUNAL DE SELECCIÓN

La pertenencia al órgano de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta representación o por cuenta de nadie. Asimismo, dicho Tribunal podrá disponer la incorporación asesores o asesoras especialistas, si así lo estimase oportuno. El Tribunal de Selección requerirá para actuar válidamente la presencia de quienes ejerzan la Presidencia y la Secretaría y, al menos, la mitad de sus miembros.

El Tribunal de Selección estará constituido por funcionarios de carrera o personal laboral fijo de categoría igual o superior al del puesto de trabajo objeto de selección que a estos efectos se designe, teniendo la siguiente composición:

  • Un Presidente/a: Dª. Marta Rubio Blasco.
  • Un Secretario/a: Dª Alma M.ª Centeno Calderón.
  • Tres vocales: Dª Nuria Domarco Carrasco, D. Manuel Benito Gregorio, D. Juan José Ruiz Puebla.

La abstención y recusación de los miembros de la Comisión será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las reclamaciones que puedan originarse en referencia a la interpretación o aplicación de las presentes bases, habrán de presentarse por escrito y serán resueltas por el Tribunal de Selección con arreglo al derecho y a la equidad. El Tribunal de Selección no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos tres de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, y estará facultada para resolver cualquier duda o incidencia que pudiera surgir durante el baremo de las solicitudes, para tomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas para el buen orden y resultado del proceso de selección.

UNDÉCIMA. - PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y PUBLICACIÓN DE LISTADOS.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución provisional de admitidos y excluidos que será objeto de publicación en el Tablón de Anuncios y Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fontanar a los efectos de que las personas excluidas puedan en el plazo de dos días hábiles a partir del siguiente al de la publicación, subsanar los defectos que fueran motivo de su exclusión. Una vez transcurrido este plazo- o en caso de que no hubiera en la relación provisional de excluidos ninguna persona- se dictará por la Alcaldía resolución definitiva de admitidos y excluidos, remitiendo el expediente al Tribunal de Selección para que realice la baremación de las personas admitidas.

Una vez terminada la baremación de las solicitudes, el Tribunal publicará el listado provisional ordenado por puntuación obtenida. Este listado se publicará Tablón de Anuncios y Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fontanar. El plazo de presentación de alegaciones o reclamaciones será de dos días hábiles a partir del siguiente al de la publicación.

Una vez evacuado por el Tribunal el resultado definitivo del proceso selectivo y de forma previa a su aprobación por la Alcaldía, se procederá a la verificación de requisitos de contratación por parte de la Oficina de Empleo y en su caso Consejería de Economía, Empresas y Empleo a los efectos de la subvención.

Las personas aspirantes que no hayan sido seleccionas pasarán, según el orden de puntuación, a una lista de suplentes, y serán llamadas por riguroso orden en el supuesto de producirse alguna baja o renuncia entre las personas titulares.

DUODECIMA. CONSIDERACIONES GENERALES E INDIDENCIAS

La presentación de la solicitud por parte de las personas aspirantes implica el sometimiento expreso a las bases reguladora, teniendo la consideración de ley reguladora de la convocatoria.

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, o bien recurso contencioso- Administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Guadalajara o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

La Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social.

En Fontanar (Guadalajara), a 16 de octubre de 2024. El Alcalde, D. Jesús Caballero del Castillo.

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE UN PEÓN ESPECIALIZADO Y LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE EMPLEO COMO PERSONAL LABORAL TEMPORAL EN EL MARCO DEL PROGRAMA MI PRIMER EMPLEO, COFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS

APELLIDOS

 

NOMBRE

 

CORREO ELECTRÓNICO

DNI

 

FECHA DE NACIMIENTO

TELÉFONO

DOMICILIO

 

MUNICIPIO

PROVINCIA

C.P.

MINUSVALÍA     SÍ     NO     GRADO DE MINUSVALÍA__________________________

TIPO DE MINUSVALÍA_________________________________________________________

__________________________________________________

El abajo firmante, teniendo conocimiento de las bases generales de la convocatoria que rige el presente proceso de selección, así como en el Decreto 44/2024, de 27 de agosto, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la contratación de personas jóvenes en el marco del Programa Mi Primer Empleo, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus.

PROYECTO 1 : FONTANAR VERDE

  • Que acepta y reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en dichas Bases y convocatoria, referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de la instancia y que son ciertos todos los datos consignados en esta solicitud, asumiendo las responsabilidades a que haya lugar en caso de falsedad en la solicitud o en la documentación presentada.
  • Que no ha sido inhabilitado, ni separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia penal firme.
  • Que son ciertos los datos que figuran en esta solicitud y que la documentación aportada es copia fiel del original, comprometiéndome a aportar los originales de la documentación a requerimiento del Ayuntamiento.
  • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y no padecer enfermedad o impedimento físico para el normal desempeño de las funciones para las que se contrata.
  • Que conozco que la falsedad de los datos mencionados en la presente solicitud supone la exclusión automática del proceso selectivo.

Persona en posesión del título siguiente:

  • Certificado de profesionalidad en gestión de residuos urbanos e industriales (SEAG0108).
  • Certficado de profesionalidad de instalación y mantenimiento de jardines y zonas verdes (AGAO0208).
  • Certificado de profesionalidad de actividades auxiliares en viveros, jardines y centros de jardinería (AGAO0108).

Y por todo lo anteriormente expuesto, SOLICITA que sea admitida esta solicitud para participar en el proceso de selección de personal referenciado y que se tenga por presentada, la siguiente documentación:

En FONTANAR, a _____de octubre de 2024

El/La Solicitante:

Fdo:__________________

SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE FONTANAR

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE UN PEÓN ESPECIALIZADO Y LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE EMPLEO COMO PERSONAL LABORAL TEMPORAL EN EL MARCO DEL PROGRAMA MI PRIMER EMPLEO, COFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS

APELLIDOS

 

NOMBRE

 

CORREO ELECTRÓNICO

DNI

 

FECHA DE NACIMIENTO

TELÉFONO

DOMICILIO

 

MUNICIPIO

PROVINCIA

C.P.

MINUSVALÍA     SÍ     NO     GRADO DE MINUSVALÍA__________________________

TIPO DE MINUSVALÍA_________________________________________________________

__________________________________________________

El abajo firmante, teniendo conocimiento de las bases generales de la convocatoria que rige el presente proceso de selección, así como en el Decreto 44/2024, de 27 de agosto, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la contratación de personas jóvenes en el marco del Programa Mi Primer Empleo, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus.

PROYECTO 2: FONTANAR LIMPIA.

  • Que acepta y reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en dichas Bases y convocatoria, referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de la instancia y que son ciertos todos los datos consignados en esta solicitud, asumiendo las responsabilidades a que haya lugar en caso de falsedad en la solicitud o en la documentación presentada.
  • Que no ha sido inhabilitado, ni separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia penal firme.
  • Que son ciertos los datos que figuran en esta solicitud y que la documentación aportada es copia fiel del original, comprometiéndome a aportar los originales de la documentación a requerimiento del Ayuntamiento.
  • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y no padecer enfermedad o impedimento físico para el normal desempeño de las funciones para las que se contrata.
  • Que conozco que la falsedad de los datos mencionados en la presente solicitud supone la exclusión automática del proceso selectivo.

Persona en posesión del título siguiente:

  • Certificado de profesionalidad en gestión de residuos urbanos e industriales (SEAG0108).
  • Certificado de profesionalidad de limpieza en espacios abiertos e instalaciones industriales (SEAG0209).
  • Certificado de profesionalidad de limpieza de superficies y mobiliario en edificios y locales (SSCM0108).

Y por todo lo anteriormente expuesto, SOLICITA que sea admitida esta solicitud para participar en el proceso de selección de personal referenciado y que se tenga por presentada, la siguiente documentación:

En FONTANAR, a _____de octubre de 2024

El/La Solicitante:

Fdo:__________________

SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE FONTANAR.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Fontanar
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Plaza de Moreno, 10 - 19001 Guadalajara - Tel.: 949 88 75 00