DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE DESARROLLO RURAL MEDIO AMBIENTE, PROMOCION ECONOMICA Y PROGRAMAS EUROPEOS, GENERO Y DIVERSIDAD, Y TURISMO
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ACUERDO DE 8 DE OCTUBRE DE 2024 DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE DIPUTACIÓN PROVINICIAL DE GUADALAJARA, DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A MUNICIPIOS Y EATIM DE LA PROVINCIA PARA REALIZACIÓN Y/O RECUPERACIÓN DE FERIAS TRADICIONALES QUE DAN VISIBILIDAD AL SECTOR PRIMARIO EN TODAS SUS VERTIENTES, AÑO 2024.
En cumplimiento de lo establecido en la base décima de la citada Convocatoria, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública la resolución provisional de concesión de subvenciones.
“13.- EXPEDIENTE 221/2024. TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A MUNICIPIOS Y EATIM DE LA PROVINCIA PARA REALIZACIÓN Y/O RECUPERACIÓN DE FERIAS TRADICIONALES QUE DAN VISIBILIDAD AL SECTOR PRIMARIO EN TODAS SUS VERTIENTES, AÑO 2024.
El Sr. Presidente da cuenta de que la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de mayo de 2024, aprobó esta convocatoria de subvenciones dirigida a los Ayuntamientos de la provincia de Guadalajara con población inferior a 6.000 habitantes, siendo publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con la Identificación: 764169 y publicado el extracto de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 105 de fecha 3 de junio de 2024.
En la base séptima de la citada convocatoria, se establece que la cuantía total máxima de las ayudas asciende a la cantidad de VEINTICINCO MIL EUROS (25.000,00€), correspondiente al Presupuesto de Gastos de la Diputación Provincial de Guadalajara para el año 2024.
Visto el dictamen del órgano colegiado del presente procedimiento de concesión de subvenciones, emitido el día 27 de septiembre de 2024, tal y como consta en el acta de la reunión correspondiente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ordenanza General de Subvenciones, aprobada por acuerdo del Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 16 de junio de 2021-
La Junta de Gobierno por cinco votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, acuerda:
Tomar conocimiento de la siguiente propuesta:
PRIMERO.- Aprobar la siguiente resolución de carácter provisional para la concesión de las subvenciones a los Ayuntamientos que seguidamente se relacionan, en concepto de realización y/o recuperación de Ferias Tradicionales que den visibilidad al sector primario en todas sus vertientes durante el año 2024:
SOLICITANTE |
Nº Exp. |
NIF |
PTO. PRESENTADO |
TOTAL PUNTOS (valor 571,43) |
PROPUESTA DE SUBVENCIÓN |
OBSERVACIONES |
AYUNTAMIENTO DE HIENDELAENCINA 38 Feria Ganadera |
4058/2024 |
P1916100I |
5.950,00 € |
10,00 |
5.355,00 € |
90% del Presupuesto |
AYUNTAMIENTO DE CANTALOJAS 38 Feria de Ganado |
4063/2024 |
P1907800E |
15.200,00 € |
10,00 |
5.714,29 € |
|
AYUNTAMIENTO DE TENDILLA Feria de las Mercaderías |
4215/2024 |
P1932100I |
38.226,81 € |
10,00 |
5.714,29 € |
|
AYUNTAMIENTO DE CIFUENTES II Feria Tradicional Pueblos de Cifuentes y Provincia de Guadalajara |
4262/2024 |
P1910100E |
5.000,00 € |
1,25 |
714,29 € |
|
AYUNTAMIENTO DE ILLANA V Feria de la Caza y el Medio Rural |
4331/2024 |
P1917900A |
5.073,73 € |
2,00 |
1.142,86 € |
|
AYUNTAMIENTO DE ESCOPETE III Feria de la Caza y Medio Rural |
4437/2024 |
P1913300H |
2.752,30 € |
1,50 |
857,14 € |
|
AYUNTAMIENTO DE ARANZUEQUE XVI Jornada Gastronómica del Espárrago Verde |
4571/2024 |
P1904100C |
540,80 € |
5,00 |
486,72 € |
90% del Presupuesto |
AYUNTAMIENTO DE UCEDA IV Feria del Tomate en Uceda. |
4572/2024 |
P1935400J |
2.700,00 € |
1,75 |
1.000,00 € |
|
AYUNTAMIENTO DE OREA VI Feria SOS Mundo Rural |
4680/2024 |
P1924200G |
2.926,00 € |
2,25 |
1.285,71 € |
|
TOTAL ............. 22.270,29 €
SEGUNDO.- Tener por desistido de su solicitud y el archivo de la misma de los siguientes ayuntamientos, al no haber sido atendido el requerimiento de subsanación de faltas o acompañamiento de documentos preceptivos en el plazo establecido, de conformidad con la base quinta de la convocatoria: “De acuerdo con lo previsto en el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones, en relación con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le concede un plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, a contar desde la fecha de notificación del requerimiento, para que subsane las faltas en la solicitud o se acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, archivándose la misma”.
SOLICITANTE |
Nº Exp. |
NIF |
AYUNTAMIENTO DE TORIJA Historia de Torija |
4318/2024 |
P1933100H |
AYUNTAMIENTO DE PAREJA IX Feria Medieval |
4515/2024 |
P1925200F |
TERCERO.- Conceder un plazo de 10 días hábiles para la presentación de alegaciones, tras la publicación de esta resolución provisional en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en la cláusula décima de la convocatoria de subvenciones. Transcurrido dicho plazo y examinadas las alegaciones aducidas por los interesados, en su caso, la Junta de Gobierno formulará la propuesta de resolución definitiva. En el supuesto de que no se produjeran alegaciones o no se estimaran las mismas, será el Presidente el que aprobará dicha resolución, al tener delegada esta competencia.
CUARTO.- El plazo de justificación será de 2 meses desde la finalización de la actividad subvencionada.
Para aquellas actividades subvencionadas realizadas con anterioridad a la fecha de publicación de la resolución definitiva de concesión de subvención, el plazo de justificación será de 2 meses desde dicha publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
QUINTO.- Publicar los presentes acuerdos en el Boletín Oficial de la Provincia”.
Guadalajara, a 14 de octubre de 2024. El presidente de la Diputación Provincial, D. José Luis Vega Pérez