AYUNTAMIENTO DE TRIJUEQUE
3023
SUMARIO
Acuerdo del Pleno de fecha 25 de septiembre de 2024, del Ayuntamiento de Trijueque, por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación presupuestaria número 4/2024 del Presupuesto en vigor, para la modificación de las Bases de Ejecución del presupuesto
TEXTO
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de las bases de ejecución del presupuesto municipal del ejercicio 2024, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1., con el siguiente detalle:
PRIMERO. Estimar la alegación presentada por la Asociación Liberhuella, incrementado el importe máximo a 1.000 €, vista la justificación de actividad realizada en el ejercicio 2023.
SEGUNDO. Desestimar la alegación presentada por la Asociación Belmira, dado que no existe discriminación ni desigualdad con la previsión realizada para el Club Deportivo, en relación con las demás entidades, en función de que el planteamiento de actividad es distinto.
TERCERO. Aprobar definitivamente el expediente de modificación presupuestaria n.º 4/2024, añadiendo el apartado 4 a la base 34 de las de ejecución del vigente presupuesto, con el siguiente detalle:
34.4 SUBVENCIONES NOMINATIVAS (ACTIVIDADES EJERCICIOS 2023 Y 2024)
Partida |
Denominación |
Importe € |
334.1 480 |
Promoción Cultura Casco Urbano |
4.500 (Vincula con la 334.2 480) |
Asociación |
Objeto |
Importe máximo € |
AMPA |
Actividades para la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos (2023-2024) |
900 |
LIBERHUELLA |
Actividades para la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos (2023-2024) |
1.000 |
EL TORREÓN |
Actividades para la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos (2023-2024) |
1.000 |
CLUB DEPORTIVO |
Actividades para la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos (2023-2024) |
2.000 |
Partida |
Denominación |
Importe € |
334.2 480 |
Promoción Cultura La Beltraneja (2023-2024) |
4.500 (Vincula con la 334.1 480) |
Asociación |
Objeto |
Importe máximo € |
MUJERES |
Actividades para la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos (2023-2024) |
1.000 |
PENSIONISTAS Y JUBILADOS |
Actividades para la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos (2023-2024) |
1.000 |
BELMIRA |
Actividades para la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos (2024) |
500 |
CUARTO. Notificar el acuerdo a aquellas personas que presentaron alegaciones.
QUINTO. Publicar anuncio de aprobación definitiva de la referida modificación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Trijueque, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Trijueque, a 26 de septiembre de 2024. El alcalde, Javier Vela Valderas