AYUNTAMIENTO DE SAÚCA
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En la sesión ordinaria del Pleno Corporativo, celebrado el pasado 18 de marzo, se aprobó inicialmente el siguiente acuerdo:
PRIMERO. Aprobar provisionalmente la modificación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y la Ordenanza fiscal reguladora del mismo en los términos relativos al porcentaje del tipo de gravamen, siendo la siguiente redacción en su articulado en referencia al trámite de las licencias de obra mayor.
3.- El tipo de gravamen del Impuesto será el 4 por 100 de la base imponible.
Por todo lo expuesto, se modificaría la Ordenanza relacionada con el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, vigente del 6 de agosto de 1989 –publicada en el BOP nº 100 de 20 de agosto de 1989 en su artículo 3 resultando la siguiente ordenación.
SEGUNDO. Exponer al público el anterior Acuerdo mediante anuncio que se insertará en el tablón de anuncios municipal durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de dicho anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro del cual las personas interesadas podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de esta entidad [http://sauca.sedelectronica.es].
TERCERO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, con base en el artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
En Saúca a 27 de marzo de 2024, el Alcalde D. Eduardo Álvarez Feito