AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR LA LICITACIÓN PARA OTORGAR LA CONCESIÓN DE USO PRIVATIVO DEL DOMINIO PÚBLICO DEL ESPACIO DESTINADO AL MERCADILLO DOMINICAL, EN RÉGIMEN DE PÚBLICA CONCURRENCIA.
1.- OBJETO DE CONTRATO.
La concesión tiene por objeto otorgar el uso privativo de determinadas calles según lo indicado en el plano que figura en el Anexo II, calificadas como bien de dominio público, para la instalación de un mercadillo los domingos, mediante la modalidad de concesión administrativa, de conformidad con los establecido en el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.
Descripción del inmueble: consistente en 450 metros lineales ubicado en las calles Anderuelos y La Dehesa de este municipio de Marchamalo, según el ANEXO del PCAP
La finalidad u objeto del mercadillo será la de crear un espacio de animación los domingos por la mañana, siendo posible la venta de todo tipo de productos.
La naturaleza de la relación jurídica que vinculará al concesionario y al Ayuntamiento de Marchamalo será la de una autorización demanial para la ocupación de espacios públicos.
El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 9 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Los terrenos a ocupar se sitúan en las calles del municipio, según plano de situación que se adjunta al presente pliego como anexo II.
Los puestos a instalar en el mercadillo no podrán ocupar más de 450 metros lineales en su conjunto.
Previa solicitud del concesionario, el Ayuntamiento podrá autorizar la instalación de más puestos. Esta autorización conllevará el incremento del canon a satisfacer por el adjudicatario del contrato, en los siguientes términos:
El valor del aprovechamiento por metro cuadrado será el resultado de dividir 164.232 € entre 450 metros lineales, resultando la cantidad de 364,96 €/mt. que multiplicado por el 6% resulta la cantidad de 21,90 €/mt.
El horario de funcionamiento estará comprendido entre las 09,00 horas y las 14,00 horas de cada domingo.
2.- PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO.
El plazo de duración del contrato será de CUATRO (4) años, a contar desde la formalización del mismo,.
3.- RELACIONES ENTRE LA CORPORACIÓN Y EL CONTRATISTA.
La relación Entidad-Ayuntamiento se canalizará a través de los técnicos municipales del área de Mercados y Protocolo.
4.- DERECHOS Y OBLIGACIONES RECIPROCAS DE LA CORPORACIÓN Y EL CONTRATISTA.
Obligaciones del concesionario:
a) Someterse en todo momento a las instrucciones, directrices y observaciones que le formule la Policía Municipal o el personal municipal responsable.
b) Cumplir con el horario y calendario que fije el Ayuntamiento, que podrá variarlo en función del interés público.
b) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social y cumplir con la normativa laboral y en materia de prevención de riesgos laborarles, respecto de su personal.
c) Concertar una póliza de seguro de responsabilidad civil general por cuantía no inferior a 200.000,00.- €, para garantizar cualquier contingencia, siniestro o daño, personal o material, que pudiera producirse como consecuencia del funcionamiento del mercadillo, y que deberá aportar, junto con el recibo que acredite su vigencia, antes de la formalización del contrato.
En todo caso, el Ayuntamiento quedará exento de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse del funcionamiento del mercadillo.
d) Exigir a los vendedores individuales la documentación justificativa del cumplimiento de las obligaciones fiscales y de seguridad social que les ampare para ejercer la actividad, sin cuyo cumplimiento no podrá ejercerse la venta.
e) Comunicar por escrito al Ayuntamiento, en el plazo de diez días siguientes a la finalización de cada trimestre natural, el número de puestos instalados y los metros lineales ocupados.
f) Obtener con carecer previo, la autorización municipal para superar el número metros lineales a ocupar (450) y satisfacer el correspondiente canon, de acuerdo con lo previsto en la cláusula 7ª del presente pliego.
g) Mantener en adecuadas condiciones de limpieza del espacio cedido, que deberá quedar totalmente limpio de mercancías y residuos antes de las 16,30 horas de cada domingo. A tal efecto colocará al inicio de cada jornada los contenedores que le facilite el ayuntamiento, para la recogida de desperdicios y residuos de toda clase.
h) Respetar las zonas verdes colindantes con el espacio a ocupar con los puestos, de modo que no sean invadidas por vehículos ni personas.
i) Responsabilizarse de que los vehículos de los vendedores ocupen el espacio reservado para su estacionamiento, y accedan y abandonen el mercadillo según plano señalado como anexo I (flechas negras) y según las directrices municipales.
j) Responsabilizarse de la retirada, al final de la jornada comercial, de todos los puestos instalados, dejando libre el espacio público ocupado.
k) La instalación de los elementos accesorios imprescindibles para el funcionamiento y gestión del mercadillo a su cargo.
l) Obligación de mantener en buen estado la porción del dominio público utilizado y, en su caso, las obras que construyese.
II) Responsabilizarse de la apertura, cierre, limpieza y buen uso de los aseos públicos ubicados en la zona, para dar servicio a vendedores y público del mercadillo.
Derechos del concesionario:
a) Usar de forma privativa, limitativa y excluyente la porción del dominio público objeto de la concesión.
La concesión no legitima la colocación de instalaciones fijas o permanentes (kioscos, stands, transformadores, generadores, etc.) en el recinto.
b) La gestión del mercadillo, garantizando su adecuada utilización y funcionamiento. A tal efecto autorizará el montaje e instalación de los puestos por parte de los distintos vendedores, responsabilizándose de su supervisión y control, bajo las directrices municipales, y de acuerdo a las prescripciones del presente pliego.
c) Establecer y recaudar las tarifas que deban abonar los vendedores en concepto de instalación y uso del espacio público, que en ningún caso superarán el máximo propuesto en la oferta económica.
5.- FACULTADES DE LA CORPORACIÓN.
Dejar sin efecto la concesión antes del vencimiento si lo justificaren circunstancias sobrevenidas de interés público, mediante resarcimiento de los daños que causaren, o sin él cuando no procediere.
Inspeccionar en cualquier momento los bienes objeto de concesión.
Los servicios del Ayuntamiento del Marchamalo velarán con el exacto cumplimiento de lo previsto en el presente pliego de condiciones. Para ello, los vendedores instalados en el mercadillo, deberán facilitar la labor inspectora del personal municipal.
Se elaborará una memoria fotográfica de los puestos del mercadillo.
En Marchamalo a 19 de marzo de 2024. Firmado EL ALCALDE D. Rafael Esteban Santamaría