AYUNTAMIENTO DE FUENTELENCINA
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente del presupuesto municipal del ejercicio 2024 al no haberse presentado alegaciones, contra el acurdo del pleno de 31 de enero de 2024, publicado en el BOP número 26 de 6 de febrero de 2024, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1. del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
RESUMEN POR CAPITULOS
ESTADO DE GASTOS |
|
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
687903,00 € |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
524207,36 € |
CAPÍTULO 1: Gastos de Personal |
169900,00 € |
CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios |
301441,36 € |
CAPÍTULO 3: Gastos Financieros |
1750,00 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
51116,00 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
163695,64 € |
CAPÍTULO 6: Inversiones Reales |
152577,64 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
11118,00 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
11000,00 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
11000,00 € |
TOTAL: |
698903,00 € |
ESTADO DE INGRESOS |
|
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
698903,00 € |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
561952,00 € |
CAPÍTULO 1: Impuestos Directos |
195620,00 € |
CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos |
22000,00 € |
CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos |
173282,00 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
135000,00 € |
CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales |
36050,00 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
136951,00 € |
CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales |
0,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
136951,00 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
0,00 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
0,00 € |
TOTAL: |
698903,00 € |
ANEXO DE PERSONAL
CATEGORÍA-GRUPO |
PUESTOS DE TRABAJO |
Funcionario |
Secretario Interventor |
Funcionario |
Administrativo |
Personal Laboral |
Alguacil Peón servicios múltiples |
Personal laboral |
Auxiliar Bibliotecaria |
Personal Laboral |
Limpiadora |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Fuentelencina a 28 de febrero de 2024. El Alcalde. Santos López Tabernero