AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO
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El Pleno del Ayuntamiento de Marchamalo en sesión celebrada el día 6 de febrero de 2024 ha acordado aprobar inicialmente la modificación del artículo 83 del PGOU.
De conformidad con los artículos 150 del Decreto 248/2004, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de la Ley 2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se publica el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, en el Tablón de Anuncios y web municipal por plazo de 30 días hábiles para alegaciones o reclamaciones, y caso de no haberlas, se entenderá aprobada definitivamente la modificación.
Puede accederse al contenido de la información a través del Tablón de Anuncios de Urbanismo a través del siguiente enlace:
https://marchamalo.sedelectronica.es/board/975963e4-f59b-11de-b600-00237da12c6a/
En Marchamalo a 23 de febrero de 2024 EL ALCALDE Rafael Esteban Santamaría.