AYUNTAMIENTO DE POVEDA DE LA SIERRA
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente M8/2023 de Suplemento de crédito, financiado con cargo a Remanente líquido de tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Suplemento en aplicaciones de gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Suplemento de crédito |
Créditos |
|
Progr. |
Económica |
|
|
|
|
1522 |
635 |
Vivienda mobiliario |
0,00 |
2.000,00 |
2.000 |
161 |
22799 |
Abastecimiento de Agua potable |
3.200 |
5.000,00 |
8.200 |
163 |
221.99 |
Limpieza Viaria - suministros |
4.400 |
4.000,00 |
8.400 |
165 |
221.00 |
Alumbrado Público |
10.000 |
3.200,00 |
13.200 |
338 |
226 |
Fiestas Patronales -Gastos diversos |
32.500,00 |
10.000,00 |
42.500,00 |
410 |
225 |
Coto de caza - Tributos |
1.882,43 €
|
100,00 |
1982,43 |
491 |
216 |
Sociedad de la Información - TDT
|
2020 |
67,00 |
2087,00 |
|
|
TOTAL |
|
24.367,00 |
|
Esta modificación se financia con cargo a Remanente líquido de tesorería, en los siguientes términos:
Suplemento en Concepto de Ingresos
Aplicación: económica |
Descripción |
Euros |
||
Cap. |
Art. |
Conc. |
||
8 |
7 |
0 |
Remanente Líquido de Tesorería |
24.367,00 |
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TOTAL INGRESOS |
24.367,00 |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Poveda de la Sierra, a 30 de diciembre de 2023. El Alcalde, Ismael de Mingo Calvo