AYUNTAMIENTO DE CONDEMIOS DE ARRIBA
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 24/09/2023, sobre:
- Suplemento de crédito con cargo a remanente liquido de tesorería
CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓN
|
IMPORTE |
131 160 227 221 227 600 623 |
Laboral temporal Cuotas Sociales Otras empres. Festejos Alumbra. público Gastos generales Inversiones. Inversriones técn TOTAL |
1.200,00 900,00 8.700,00 1.000,00 6.000,00 15.000,00 5.000 00 37.800,00 |
Alta ingresos
CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓ |
IMPORTE |
870 |
Remanente tesorería TOTAL |
37.800,00 37.800,00 |
- Suplemento de crédito con cargo a mayores ingresos
CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE |
623 |
Inversiones TOTAL |
10.000,00 10.000,00 |
Alta ingresos:
CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE |
760 |
Transferencias corrientes TOTAL |
10.000,00 10.000,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Condemios de Arriba a 18 de diciembre de 2.023.- El Alcalde.- Fdo.: Francisco Javier Abad García