AYUNTAMIENTO DE DURÓN
3902
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de créditos 81/2023 por nuevos ingresos, al no haberse presentado alegaciones al acuerdo del Pleno de 11 de octubre de 2023 publicado en el BOP 196 de 17 de octubre de 2023, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Crédito Extraordinario |
Créditos finales |
|
Progr. |
Económica |
|
|
|
|
920 |
100 |
Retribuciones básicas |
0 |
2.489,22 |
2.489,22 |
920 |
160 |
Cuotas sociales personal |
27.000 |
1.349,04 |
28.349,04 |
Esta modificación se financia con cargo a nuevos ingresos, en los siguientes términos:
Altas en Concepto de Ingresos
Aplicación: económica |
Descripción |
Presupuestado |
Recaudado |
||
Cap. |
Art. |
Conc. |
|||
3 |
339 |
Otras tasas por utilización privativa del dominio público |
Indemnización afección caminos públicos |
0 |
9.978,54 |
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente acuerdo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Durón, a 20 de noviembre de 2023.- El Alcalde, D. Juan Ramírez García