AYUNTAMIENTO DE FONTANAR
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Queda aprobado definitivamente el expediente de modificación de créditos nº2/2023, en la modalidad de transferencia de crédito entre partidas pertenecientes a distintas áreas de gasto, al no haberse presentado alegaciones, el cual se publica para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, con el siguiente texto:
Transferencias en Aplicaciones de Gastos
Bajas o Anulaciones en Concepto de Gastos
Pro. |
Eco. |
Descripción |
Baja propuesta |
Créditos Iniciales |
459 |
62000 |
Infraestructuras de fabricación y construcción diversas |
-42.000,00 |
45.000,00 |
459 |
62001 |
Inversiones en otras infraestructuras |
-30.000,00 |
35.000,00 |
433 |
22699 |
Desarrollo Empresarial y Formación |
-5.000,00 |
10.000,00 |
920 |
62000 |
Inversiones en construcciones de Servicios Generales |
-4.000,00 |
5.000,00 |
Total |
0,00 |
|
Altas o Ampliaciones en Concepto de Gastos
Pro. |
Eco. |
Descripción |
Alta propuesta |
Créditos Iniciales |
337 |
21200 |
Reparaciones, manten., conser. edificios Casa de la Juventud |
5.000,00 |
1.000,00 |
342 |
21200 |
Reparaciones, manten., conser. edificios Instalac. Deportiva |
5.000,00 |
12.000,00 |
342 |
21300 |
Repara. manten. maqui. instal. y utillaje |
5.000,00 |
1.500,00 |
241 |
16000 |
Seguridad Social Plan de Empleo |
5.000,00 |
40.000,00 |
2312 |
22105 |
Suministro de alimentos vivienda tutelada |
6.000,00 |
50.000,00 |
3321 |
13000 |
Retribuciones bibliotecaria |
7.000,00 |
13.247,77 |
340 |
13000 |
Retribuciones personal Servicios Deportivos |
10.000,00 |
31.875,00 |
241 |
13100 |
Retribuciones del Plan de Empleo |
15.000,00 |
100.000,00 |
324 |
22799 |
Servicios complementarios de Educación |
23.000,00 |
1.500,00 |
Total |
0 |
|
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Fontanar, a 02 de noviembre de 2023. Fdo.: El Alcalde, D. Víctor San Vidal Martínez.