AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE ALCORÓN
3565
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 18 de septiembre de 2023 sobre el expediente 65/2023, de modificación de créditos nº 3/2023 del presupuesto en vigor , en la modalidad de suplemento de crédito, por un importe total de 7.000,00 euros, financiado con el Remanente de Tesorería, que se hace público con el siguiente contenido:
Estado de Gastos
APLICACIÓN |
DESCRIPCIÓN
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CONSIGNACIÓN INICIAL
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CONSIGNACIÓN DEFINITIVA
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164.609 |
Cementerio. inversión Obra Nueva |
3.000,00 |
10.000,00 |
Contra el presente acuerdo en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 05 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción. sin perjuicio de ello, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Villanueva de Alcorón, a 23 de octubre de 2023.El Alcalde,Fdo.: A. Faustino Martínez