AYUNTAMIENTO DE FONTANAR
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Por Acuerdo de Pleno de fecha 28 de septiembre de 2023, se acordó la delegación de competencia del Pleno en la Junta de Gobierno Local, debido a la agilización de los procedimientos aumentando el grado de eficacia de los servicios con el siguiente texto:
PRIMERO. Delegar el ejercicio de las siguientes competencias del Pleno en la Junta de Gobierno Local, ajustándose a lo previsto en el artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local:
- Determinación de Precios Públicos de cualquier clase ( conforme al art. 22.2q de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local)
- El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la corporación en materias de competencia plenaria (conforme al art. 22.2 j de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local).
- La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10 por ciento de los recursos ordinarios del Presupuesto -salvo las de tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por ciento de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior- todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (conforme al art. 22.2 m de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local).
- Tramitar y ejecutar deshaucios administrativos (conforme al art. 22.2.q de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local).
SEGUNDO. Publicar el acuerdo de delegación en el Boletín Oficial de la Provincia, cursando efecto a partir del día siguiente al de su adopción.
TERCERO. Dar cuenta a la Junta de Gobierno Local de este acuerdo en la próxima sesión que se celebre.
En Fontanar a 03 de octubre de 2023. Fdo: El Alcalde: D. Víctor San Vidal Martínez.