AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA TORRE
3253
Visto Decreto número 2023-0918, de fecha 26 de septiembre de 2023, se procede a la publicación del siguiente acuerdo:
Vista la derogación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Precio Público por realización de Actividades y Talleres Infantiles, Juveniles y de la Tercera Edad, publicada en el BOP n.º 229 de 1 de diciembre de 2022.
Visto que mediante Resolución de Alcaldía n.º 2022-0928, de fecha 31/08/2022, en aplicación de la Ordenanza Fiscal anteriormente referida, se aprobaron los precios públicos por actividades deportivas (BOP n.º 169 de fecha 02 de septiembre de 2022).
Visto que mediante Resolución de Alcaldía n.º 2021-0944, de fecha 09/09/2021, en aplicación de la Ordenanza Fiscal anteriormente referida, se aprobaron los precios públicos por actividades de Yoga Adaptado y Gerontogimnasia (BOP n.º 189 de fecha 04 de octubre de 2021).
Considerando que el Pleno de la Corporación, con fecha 29 de septiembre de 2022, resolvió expresamente, y simultáneamente al acuerdo de derogación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Precio Público por realización de Actividades y Talleres Infantiles, Juveniles y de la Tercera Edad, anteriormente referida que:
“la derogación de la Ordenanza Fiscal no implica la de los precios públicos aprobados en virtud de la misma actualmente vigentes, que seguirán en vigor hasta su derogación expresa o aprobación de su correspondiente acuerdo regulador".
Considerando que los precios públicos no han sido expresamente derogados y no siendo necesario su actualización en virtud de Acuerdo Regulador, de conformidad con lo acordado por el Pleno de la Corporación, con fecha 29 de septiembre de 2022, y en atención a las atribuciones que le confiere el artículo 21,1.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y demás preceptos concordantes de aplicación, por este MI DECRETO, HE RESUELTO:
PRIMERO.- Declarar expresamente, la vigencia y mantenimiento de las tarifas aprobadas por Resolución de Alcaldía n.º 2022-0928, de fecha 31/08/2022, y por Resolución de Alcaldía n.º 2021-0944, de fecha 09/09/2021, junto con las bonificaciones que les resultaban aplicables a los precios públicos de las siguientes Actividades y Talleres de conformidad con las siguientes Tarifas por alumnos (la información específica está disponible en cada una de las sedes donde se celebran, así como en el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre):
ACTIVIDADES |
TARIFAS POR PRECIO PÚBLICO |
YOGA ADAPTADO |
12,00 € |
GERONTOGIMNASIA |
5,00€ |
ACTIVIDADES |
TARIFAS POR PRECIOS PÚBLICOS |
MATRÍCULAS |
PILATES |
22,00 € |
|
ZUMBA |
22,00 € |
|
ZUMBA KIDS |
22,00 € |
|
YOGA |
22,00 € |
|
SPINNING |
22,00 € |
|
DANZAS URB |
22,00 € |
|
BALONCESTO |
22,00 € |
25,00 € |
PATINAJE |
22,00 € |
|
VOLEY |
22,00 € |
25,00 € |
BODY PUMP |
22,00 € |
|
TOTAL |
|
|
*Sujetos a disponibilidad por número de alumnos.
** Exclusivamente se procederá a la devolución del precio público en los siguientes supuesto de: “Cuando por causas no imputables al obligado al pago del precio público, el servicio la actividad no se preste o desarrolle, se procederá a la devolución del importe correspondiente”. Igualmente, en el caso de pago anticipado, se procederá a la devolución cuando exista causa justificada, valorada por el responsable del servicio y acreditada documentalmente.
***Las Actividades podrán comenzar a partir de octubre del año en curso.
****Con el exclusivo fin de no cerrar los grupos ante una eventual bajada de la demanda y no creación de grupo, el Ayuntamiento se reserva la posibilidad de poder incrementar los precios para el mantenimiento de la Actividad, si existiese demanda para la continuación del Taller o Actividad o en último caso, anular la actividad o el grupo, en su caso.
- Bonificaciones de las Actividades no sujetas a subvención de la JCCM:
- Por familia Numerosa 20% a la cuota general de 22,00€ (cuota bonificada 17,60€)
- Por Segunda actividad familiar 15% sólo en la segunda actividad sobre la cuota general de 22,00€ (cuota bonificada 18,70€)
- Por la Tercera actividad familiar y sucesivas 25% en la cuota de la tercera actividad o sucesivas sobre la cuota general de 22,00€ (cuota bonificada 16,50€).
SEGUNDO.- Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento para su general conocimiento.
En Villanueva de la Torre, a 26 de septiembre de 2023, lo firma la Alcaldesa, Dña. Sonsoles Rico Ordóñez.