CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO, O.A. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
3073
El día 6 de septiembre de 2023, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, remite al Tesoro la documentación bancaria para proceder al pago de indemnizaciones en concepto de intereses de demora a los titulares de bienes y derechos de las siguientes fincas afectadas por el EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA MOTIVADO POR LAS OBRAS DEL “PROYECTO DE ABASTECIMIENTO A LA FUTURA MANCOMUNIDAD DE LOS NÚCLEOS COLINDANTES CON LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS Y BUENDÍA (GUADALAJARA Y CUENCA). FASE IV”. Clave: 03.399.001/2111:
TÉRMINO MUNICIPAL |
FINCA |
POL |
PAR |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24092 |
2 |
01203 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24093 |
1 |
00991 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24096 |
1 |
00594 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24097 |
2 |
00670 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24100 |
2 |
02884 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24101 |
1 |
01179 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24102 |
2 |
00277 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24118 |
2 |
01194 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24123 |
2 |
01396 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24127 |
1 |
00819 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24128 |
1 |
01157 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24129 |
2 |
01378 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24130 |
2 |
00633 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24131 |
2 |
01382 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24132 |
1 |
00602 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24133 |
1 |
00600 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24136 |
1 |
00584 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24161 |
1 |
01042 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24162 |
2 |
01599 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24170 |
2 |
01202 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24176 |
1 |
00968 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24177 |
1 |
00969 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24178 |
2 |
00671 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24179 |
2 |
00673 |
CHILLARON DEL REY |
EX08/04-04/24180 |
2 |
00884 |
El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por los interesados. Aquellas cantidades cuyo pago no pueda hacerse efectivo por transferencia bancaria, serán consignadas en la Caja General de Depósitos a disposición de los interesados. Una vez que éstos subsanen la circunstancia que motivó dicha consignación, esta Confederación Hidrográfica procederá a realizar los trámites oportunos para hacer efectivo el pago de las mismas.
Lo que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 49 del Reglamento de Expropiación Forzosa que desarrolla la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
Madrid, 8 de septiembre 2023. La Secretaria General. Monterrat Ana Fernández San Miguel.